Los dos acusados de introducir ilegalmente en patera a ocho personas en España no irán a la cárcel. La Sección Primera ha celebrado este jueves el juicio que ha finalizado con un acuerdo entre las partes. Ambos han sido condenados a un año de prisión, aunque la pena privativa de libertad ha quedado suspendida bajo la condición de no delinquir durante dos años y no regresar a Mallorca.
Los hechos se remontan a febrero de este año, cuando los acusados, puestos en común acuerdo, pilotaron una embarcación tipo patera procedente de Tipaza (Argelia) con ocho pasajeros a bordo de nacionalidad argelina y palestina.
De este modo, se adentraron en las costas españolas sin cumplir con la normativa vigente sobre inmigración y control de fronteras, consiguiendo desembarcar a los ocupantes de la patera en la playa de Migjorn, en Formentera.
La travesía, que duró cerca de 12 horas, se realizó en una embarcación precaria de pequeñas dimensiones y dotada de un solo motor, no siendo apta para este desplazamiento.
Además, se superó el aforo máximo de pasajeros, careciendo asimismo de elementos de seguridad y salvamento para éstos o de ayuda para la navegación, con el consiguiente riesgo de naufragio. Al menos uno de los ocupantes había pagado previamente, con objeto de ser introducido en España, entre 3.000 y 3.500 euros.
Inicialmente, Fiscalía pedía para ellos 12 años de prisión (seis para cada uno).
Suscríbase aquí gratis a nuestro
boletín diario. Síganos en
Twitter y
Facebook. Toda la
actualidad de Mallorca en
mallorcadiario.com.