En la misiva se exhorta al presidente del TSJIB a que “en el ejercicio de las funciones de inspección que le atribuye el artículo 58 del Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Registro Civil, requiera las informaciones necesarias de los Registros Civiles de su jurisdicción al respecto del número efectivo de fallecimientos en los meses de febrero, marzo, abril en adelante (de 2020) hasta el fin de la pandemia; y de sus causas de fallecimiento; ordenando asimismo que, en lo sucesivo, se vele por que se haga una identificación lo más precisa posible de la causa de la muerte en todos aquellos casos en los que aparezcan procesos patológicos o causas que puedan considerarse compatibles o sospechosos con el Coronavirus”.
El documento sirve para trasladar al presidente del TSJIB “una súplica, que es a la vez requerimiento y clamor social”. Se explica que conocer el alcance real de los fallecimientos provocados por el COVID-19 en las Islas “es no sólo un deber de justicia sino una herramienta necesaria para poder combatir la pandemia y prevenir de forma eficaz futuros brotes, que los poderes públicos den a conocer a toda la sociedad con absoluta transparencia la cifra real de personas que han fallecido a causa del COVID-19. La importancia y urgencia de determinar, con toda la exactitud posible, el número real de víctimas radica asimismo en la necesidad de entender la enfermedad, calcular la expansión de la misma y constatar los terribles efectos que está dejando a su paso (…) Tras las cifras de fallecidos, encontramos vidas, todas y cada una de ellas de infinita importancia”.