Tras retrasar su decisión en varias ocasiones, la justicia belga ha rechazado la extradición del rapero Valtónyc a España, condenado a tres años de cárcel en sentencia firme del Tribunal Supremo. El juez de primera instancia de Gante ha considerado que las letras del cantante, así como las amenazas por las que fue condenado, se enmarcan dentro de la libertad de expresión y que los delitos por los que el Supremo le condenó en España no tienen una equivalencia automática en el ordenamiento jurídico belga.
El debate se anuncia largo y todo apunta a que el caso llegará hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. El hipotético regreso del rapero a Mallorca no parece un hecho que preocupe sobremanera al propio protagonista, catapultado a la fama no tanto por su talento artístico como por sus insultos y, sobre todo, su posterior periplo judicial. El propio Valtònyc alimenta esta imagen transgresora y antisistema anunciando nuevas composiciones y después de no haber mostrado, no ya arrepentimiento, sino ningún tipo de matiz a sus expresiones llamando a matar policías, disparar a jueces o mandar políticos a la cámara de gas, entre otras creaciones.
La decisión judicial ha sido muy celebrada por quienes quieren sembrar dudas sobre la calidad de la justicia española, como contraposición a las instancias judiciales de otros países europeos que han rechazado peticiones tanto de la Audiencia Nacional como del Supremo.
Históricamente, las decisiones de los tribunales belgas han diferido notablemente de las demandas judiciales españolas. Ocurrió durante más de veinte años con las peticiones de extradición de terroristas de ETA. Ni una sola de las demandas de extradición planteadas por España sobre terroristas de la banda armada fue aceptada entre 1984 a 2005, un periodo en el que ya estaba suficientemente consolidada la democracia en España. La elección de Bélgica, pues, como país para fijar su residencia tras huir de España ha acabado teniendo una incidencia determinante en el desarrollo del proceso judicial de Valtònyc, como ya ocurrió con Carles Puigdemont y otros huídos de la justicia española que vieron en Bélgica el santuario judicial donde eludir los tribunales españoles.
El hecho lleva a varias conclusiones. Por una parte, no sería descartable una revisión del Código Penal en cuestiones que afectan a la libertad de expresión, por el propio caso Valtònyc o por la decisión de la Audiencia Nacional en relación al rapero Pablo Hasel, a quien que hace unos días redujo la anterior pena de dos años de prisión al mínimo de nueve meses al considerar que el escenario terrorista en España ha cambiado. Debería ser posible establecer límites legales entre lo que es opinión y lo que es inducción al odio.
Por otra parte, tampoco cabe desechar una reflexión sobre los mecanismos de entrega inmediata de delincuentes pactados entre los países que integran la Unión Europea. La euroorden, tal como se ideó inicialmente, no ha servido en los casos de Valtònyc ni de los políticos independentistas fugados, estableciéndose juicios paralelos sobre las causas de cada cuál, tanto en Bélgica como en Alemania. La situación compromete la imagen de la justicia española tanto como la propia validez de los mecanismos acordados en Europa, abundando en una sensación de impunidad dependiendo del país en el que se recale. Actualizar la lista de delitos y armonizar los procedimientos debería ser una urgencia política de los integrantes de la UE.