Baleares, en manos del TSJ para prolongar el toque de queda y las reuniones privadas

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Cuenta atrás para conocer la posición del TSJ de Baleares acerca del mantenimiento de restricciones, principalmente el toque de queda, una vez que decaiga el estado de alarma el próximo 9 de mayo.

Fuentes jurídicas indican que el Govern registró este lunes ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares una petición de consulta acerca del mantenimiento de las restricciones a partir del próximo 10 de mayo, cuando el estado de alarma decaiga.

Así pues, los magistrados del Alto Tribunal articulan una respuesta no sin antes consultarlo con la Fiscalía Superior, que ya se ha mostrado en contra del mantenimiento del toque de queda entre las 23 horas y las 6 debido y limitar las reuniones privadas a la falta de respaldo jurídico.

En declaraciones a IB3 Ràdio, el fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, ha argumentado que la Fiscalía ha tomado esta decisión porque el toque de queda vulnera el derecho fundamental de la libertad de movimiento.

Según Barceló, esta medida "infringe el derecho de la libertad de movimiento, recogido en la Constitución". "No se puede hacer con carácter ilegal si no existe el estado de alarma", ha argumentado.

En la respuesta del ministerio público, la Fiscalía no se opone al aforo establecido para bares y restaurantes, ni tampoco a los límites de la reuniones en espacios públicos.

En espacio privados sí porque, según Barceló, puede afectar al derecho a reunión, al derecho a la intimidad y al derecho a la inviolabilidad del domicilio.

El fiscal superior de Baleares ha reconocido que el escrito de la Abogacía de la Comunidad está "muy bien argumentado". Sin embargo, ahora será el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) el que tendrá que deliberar, en el plazo de tres días, sobre la petición del Govern para prolongar el toque de queda una vez que finalice el estado de alarma.

Así, el TSJIB deberá decidir sobre las peticiones del Ejecutivo balear, que están relacionadas con la limitación de personas en las reuniones privadas y el control de viajeros, entre otros aspectos.

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Y precisamente este martes se ha conocido que el Gobierno ha aprobado un decreto para regular la nueva fase que se abrirá el 9 de mayo tras el fin del estado de alarma que, entre otras cosas, va a permitir a las Comunidades Autónomas recurrir ante el Tribunal Supremo las decisiones que adopten los Tribunales Superiores de Justicia sobre las restricciones que aprueben para seguir luchando contra la pandemia.

El Ejecutivo facilita así a los gobiernos autonómicos una vía para interponer recursos de casación, en los casos de que los Tribunales Superiores tumben sus medidas. Es decir, se busca unificar doctrina y evitar que ocurra como el pasado verano, cuando tras el fin del estado de alarma algunas decisiones de la justicia fueron contradictorias, y en algunos territorios se permitieron restricciones que en otros, no.

Hasta ahora, los gobiernos autonómicos solo podían acudir al Supremo cuando intervenían como autoridades delegadas del Ejecutivo central, es decir, durante la vigencia del estado de alarma que les otorgaba este estatus, según explican fuentes jurídicas a Europa Press. Sin embargo, este instrumento decaerá el sábado a media noche, y con él, esa posibilidad de llegar hasta el Supremo.

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