El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado este jueves que limitar el número de licencias a los vehículos de turismo con conductor (VTC) en función de las que se otorguen a los servicios de taxi es contraria al derecho de la Unión Europea. Consideró que otorgar una licencia de VTC por cada 30 de taxi es contraria al derecho a la libertad de establecimiento. La decisión llega en plena polémica por la llegada de Uber a Mallorca. Mientras las patronales celebran la decision europea, los taxistas de Mallorca piden un control estricto del nuevo servicio.
Feneval y Unauto celebran la sentencia europea, que declara ilegales las restricciones al alquiler de vehículos con conductor VTC, tras la cual, consideran que el regulador español deberá adaptar la normativa para que el número de licencias sea determinado en función de las necesidades de movilidad y no en base a los intereses del taxi.
Ambas asociaciones, con el 100 % de la representación del sector en el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), han recibido este jueves "con satisfacción la ratificación" del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de la opinión emitida por el Abogado General, Maciej Szpunar, en diciembre pasado.
La sentencia declara que la limitación del número de licencias de VTC en Barcelona a 1 licencia por cada 30 de taxi es contraria a la libertad de establecimiento prevista en el artículo 49 del Tratado Fundacional de la Unión Europea, ya que limita efectivamente el acceso al mercado a todo recién llegado.
Sin embargo, considera que el exigir la obtención de una licencia adicional a la prevista a nivel nacional puede resultar necesario para la buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como para la protección del medio ambiente. La sentencia recuerda que cualquier restricción al mercado debería estar amparada en una razón imperiosa de interés general, que en ningún caso puede ser la protección de la viabilidad económica del sector del taxi.
Por ello, en opinión de ambas patronales, la sentencia "pondría en cuestión gran parte de las restricciones que en los últimos años las autoridades de Aragón, Baleares, Cataluña o Valencia han impuesto a las VTC".
Asimismo, para Feneval y Unauto, algunas restricciones recientes como la longitud mínima de los vehículos impuestas en el Decret Llei de la Generalitat parecen "muy alejadas" de la consideración del Tribunal de que la segunda licencia adicional puede estar justificada, si persigue objetivos de "buena gestión del transporte, del tráfico, del espacio público y del medio ambiente".
De hecho, añaden que el propio tribunal explica que los servicios de VTC favorecen la consecución de los objetivos comunes perseguidos en estos ámbitos, como la reducción del coche particular en las ciudades, destacando el nivel de digitalización de las plataformas y su flexibilidad para prestar servicios, además con vehículos más sostenibles.
De acuerdo con el portavoz de Feneval VTC, Ignacio Manzano, la sentencia "no hace sino demostrar que la regulación de algunas regiones españolas es contraria al Derecho Español y Europeo, y nos coloca a la cola de muchos países de la región en materia de movilidad y sostenibilidad".
Por su parte, el portavoz de Unauto-VTC, José Manuel Berzal, añade que, tras esta sentencia, "el regulador español deberá adaptar la normativa para que el número de licencias sea determinado en función de las necesidades de movilidad de los ciudadanos y el cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad y no en base a los intereses de la minoría más radical del taxi".
Para las dos asociaciones, "la falta de alternativas de movilidad es evidente, especialmente en temporada alta en ciudades turísticas como Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca, que son también las que cuentan con las restricciones más rígidas al sector de la VTC, que además han sido puestas en cuestión por parte de tribunales españoles, autoridades de la competencia y organismos consultivos".
Como consecuencia de esta limitación, las principales ciudades españolas sufren una gran escasez de alternativas de transporte, han subrayado. En países europeos donde no existe esta limitación, la oferta de movilidad para ciudadanos y turistas es mucho mayor ya que el número de taxis y VTC por cada 1000 habitantes es muy superior, han destacado.
Por ejemplo, en Londres, es de 10,1; en Amsterdam; de 8,5; en Lisboa, de 5,7, o en París de 5,5, mientras que en Barcelona se sitúa en el 3,5.
EL CONFLICTO EN MALLORCA
Por otro lado, en Mallorca y tras el inicio de las operaciones de Uber en la isla, el presidente de la Asociación de Autónomos del Taxi de Mallorca y de la Federación Independiente del Taxi de Baleares, Gabriel Moragues, ha reclamado a la inspección de Transportes "actuaciones inmediatas" porque considera que los conductores de Uber, que han comenzado sus servicios este jueves en Palma, Calvià, Andratx y Llucmajor, "no cumplen" con los 30 minutos de contratación previa.
Así lo ha indicado en declaraciones a Europa Press el representante del colectivo, quien ha remarcado que ya han trasladado esta incidencia al director general de Movilidad y Transporte Terrestre, Jaume Mateu, tras la entrada en funcionamiento de esta empresa de vehículos de transporte con conductor (VTC).
Moragues ha explicado que los taxistas mantendrán reuniones con las instituciones para conseguir el "cumplimiento de la normativa", al mismo tiempo que ha solicitado la puesta en marcha de una inspección de Trabajo porque, a su juicio, la empresa podría estar operando a través de "falsos autónomos o incluso con trabajadores que están contratados para una actividad diferente de la que finalmente se solicita".
"De momento, las licencias de VTC con las que trabajan vienen de Ibiza, están judicializadas, por tanto, son susceptibles de ser anuladas porque, desde el punto de vista de las asociaciones del taxi, las otorgó el Consell de Ibiza de manera irregular, al incumplir la disponibilidad del coche e irregularidades en los seguros, entre otras cuestiones", ha aseverado el representante de los taxistas.
En este sentido, ha argumentado que estas licencias de Ibiza son posteriores al 'Decreto Ábalos de 2018' --como se denomina popularmente la Ley Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor--. Por tanto, "podían realizar transporte urbano durante cuatro años", es decir hasta 2022, pero ha puntualizado que debían cumplir los 30 minutos de espera y las que vinieran de otras Comunidades Autónomas con menos de cuatro años de antigüedad, solo podían estar 18 días de cada 90 --un 20 por ciento--.
Esto implica que las autorizaciones de Ibiza quedarían exentas de estas última restricciones pero "no han podido comprobar que todas las licencias provengan de dicha isla", sino solo "el muestreo" que han podido analizar a lo largo de esta mañana. "Sin embargo, al principio dijeron que solo eran 40 autorizaciones y ahora dicen que han empezado 96, pero no sé si es verdad", ha manifestado.
Preguntado por si la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha declarado ilegal este jueves la limitación del número de licencias de servicios de vehículos de transporte con conductor (VTC) en el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) a una por cada 30 permisos a servicios de taxi podría tener alguna afectación en Baleares, ha remarcado que, de momento, solo afecta "a la normativa catalana".
No obstante, ha apuntado que hay otra vista prevista en el TJUE que sí supondría cambios en la normativa estatal, que "se podría celebrar en cuatro o cinco meses", y en caso de que el tribunal falle en el mismo sentido, "también podría decaer la regulación de 1/30 de nivel estatal".
"En Baleares hay una normativa propia con un ratio inferior, de uno cada 12, que de momento no está en peligro porque se considera al taxi como servicio público de interés general y esta es una de las excepciones que contempla el TJUE", ha subrayado, a lo que ha añadido la reclamación de su colectivo para que el Ejecutivo estatal se adelante a la sentencia del TJUE y considere hacer la misma declaración del taxi como "servicio público de interés general", para justificar la limitación de 1/30.
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