justicia | No difundir las imágenes de los detenidos

La Ley de Enjuiciamiento Criminal quiere acabar con la 'pena de telediario'

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que otorga al Fiscal la investigación de los delitos y faltas y pretende acabar con la denominada 'pena de telediario'. El Gobierno propone que no se comunique la identidad ni se difundan imágenes de los detenidos durante la fase de investigación. Esta medida plantea dudas sobre el momento de hacer públicos los nombres de personas que son arrestadas en el marco de operaciones que despiertan gran interés público, como son las desplegadas en la lucha contra el terrorismo, el crimen organizado o la corrupción. Para el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, la restricción del régimen de publicidad intenta compaginar "la presunción de inocencia" del detenido con la libertad de información. "Se han producido excesos que han afectado a la pena del telediario", ha añadido. "A veces se filtran datos de investigados y ante la opinión pública aparece como si fueran culpables y todavía no han sido formalmente acusadas", ha argumentado el responsable de Justicia, que ha agregado que se han inspirado en el ordenamiento francés o alemán para establecer límites respecto a la comunicación. El Gobierno ha aprobado este viernes dar un cambio radical a la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, que data de 1882, formalizando así su primera gran reforma desde la entrada en vigor de la Constitución. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Caamaño ha expresado su "plena" confianza en la "alta" capacidad de consenso de los grupos parlamentarios y en el trabajo de la Comisión de Justicia. Al ser preguntado si espera aprobar la nueva LECrim antes de agotar la legislatura, el ministro ha replicado: "Desde luego lo vamos a intentar". "Estoy seguro que los grupos van a hacer lo posible porque se convierta lo antes posible en una realidad", ha añadido. El anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, integrado por 789 artículos, determina que el Ministerio Fiscal --y no como hasta ahora el juez de instrucción-- asuma la dirección de la investigación de los hechos delictivos "como ocurre en la práctica totalidad de los países democráticos", ateniéndose a los principios de legalidad e imparcialidad y siempre bajo el control de un juez imparcial, que resolverá los conflictos que se generen durante la instrucción "sin estar contaminado de ningún posible prejuicio". De este modo, se introduce un mayor control judicial, al incorporar la figura de un juez de garantías, que controla la investigación del fiscal y acordará las medidas cautelares; la de un juez de la audiencia preliminar, que determina si existen elementos suficientes para sostener la acusación; y se mantiene la del tribunal o juez sentenciador, que juzgará la causa. SE PROHÍBE INTERCEPTAR COMUNICACIONES CON ABOGADOS El Ejecutivo defiende la necesidad de acabar con la conocida 'pena de banquillo', al erradicar las investigaciones indefinidas y fijar un plazo de doce meses para llevar a cabo la investigación y hasta de 18 meses en causas de mayor complejidad como las tramitadas en la Audiencia Nacional y en las fiscalías especiales, como son las relativas al terrorismo, al crimen organizado o a la corrupción. En cuanto a los derechos del detenido, éste podrá entrevistarse reservadamente con su abogado antes de prestar declaración policial, se fortalecerá el derecho al intérprete y se tendrá que acreditar su culpabilidad "más allá de toda duda razonable", por lo que podrá aportar prueba de descargo y procederá el sobreseimiento cuando la acusación se sustente solamente en la declaración del coacusado, el testimonio de referencia o la identificación visual. La única confesión prestada durante la investigación con valor probatorio será la efectuada ante el juez de garantías. La obtención y muestras biológicas de ADN precisará el consentimiento del investigado, aunque, si éste no lo presta, los agentes podrán acudir al juez de garantías. Además, se prohíbe toda interceptación" de las comunicaciones que éste mantenga con su abogado defensor. Además el proyecto legislativo plantea, “de forma incomprensible”, según critican los colegios de abogados, que las sentencias en juicios verbales de reclamación de cantidad (hasta 3.000 euros) devengan firmes y, por tanto, inapelables, o que se eleve de 150.000 euros a 800.000 las cuantías mínimas para recurrir en casación ante el Supremo en el orden civil.  

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