El Juzgado de Instrucción número 12 de Palma ha decidido archivar la pieza 77 del 'caso Andratx' relativa a la ampliación de la mansión que Florentino Pérez posee en esta localidad mallorquina. Pese a que el informe pericial conocido ayer concluía que la reforma era ilegal, la juez Carmen González ha decidido archivar la causa al considerar que, de existir un posible delito, este habría prescrito. Hay que recordar que las sospechas sobre la posible ilegalidad de dichas obras saltaron a la luz en un careo acaecido dentro de la instrucción del ‘caso Andratx’ entre el celador del ayuntamiento andritxol, Jaume Gibert, y una funcionaria. Esta última le echó en cara a Gibert la “agilidad” con la que había aprobado la licencia de la casa de Florentino Pérez, lo que dio inicio a la investigación de esta ‘pieza 77’. El presidente del Real Madrid y de la constructora ACS, Florentino Pérez, adquirió en 2006 una lujosa mansión en la localidad mallorquina de Andratx en la que ya se habían realizado las obras en cuestión: una piscina de 200 metros cuadrados, gimnasios y vestuarios. La pericial señala que esta ampliación, cuya licencia fue concedida en 1998, se llevó a cabo en suelo rústico con la clasificación de área forestal, ya que se efectuó fuera de los límites del suelo urbano en que se ubica el resto de la vivienda, conocida comoVilla Yasmín y situada en una finca de unos 15.000 metros cuadrados en laurbanización Las Brisas, próxima al Port d’Andratx. El informe pericial aclaraba también que, si bien en 1977 los terrenos donde se sitúan las edificaciones objeto de investigación estaban calificados como reserva urbana, finalmente la normativa determinó en 1999 -un año después de ser otorgada la licencia- que estos solares, por no haber sido nunca incluidos en ningún plan parcial ni proyecto de desarrollo, quedaron automáticamente clasificados como suelo rústico. Ante la existencia de indicios que podrían ser constitutivos de delitos de falsedad documental, tráfico de influencias, prevaricación, cohecho y contra la ordenación del territorio, el anterior juez instructor del caso Andratx, Francisco José Pérez, decidió el pasado mes de julio abrir la pieza número 77 del caso, centrada en estos hechos, para ordenar después la práctica de la prueba pericial que determinase la legalidad o no de la licencia concedida para el levantamiento del anexo. Así pues, el arquitecto encargado de elaborar el informe, Rafael Balaguer, aseveraba que el anexo precisa de su legalización al ser “nulo de pleno derecho” por no haber obtenido además autorización de la Comisión Insular de Urbanismo ni del pleno del Consell, en contra de lo establecido en la Ley del Suelo Rústico de Baleares, de 1997. El perito señala en este sentido que la única posibilidad de legalización pasa por redactar un nuevo proyecto para su acondicionamiento como vivienda unifamiliar aislada.
