Caras de alegría. Eso es lo que se vio en el alcalde Hila y en las asociaciones vecinales al punto de conocerse la anulación de la Ordenanza Cívica por parte del Tribunal Superior de Justicia.
Se dice que Cort se estaba planteando su derogación, sin que aún se hubiera llevado a término, por lo que el TSJB le hizo el trabajo a la vez que le dio mucho trabajo.
Tal y como afirmaba mallorcadiario.com tras producirse la noticia, la resolución judicial dejaba sin efecto 18.000 sanciones, lo que derivará en un trabajo administrativo extra de anulación y devolución de multas. Andarán entretenidos un rato mientras los sancionados se estarán riendo un rato.
Más allá de estas cuestiones de índole político y práctico, y tomando de referencia las quejas de los empresarios de Playa de Palma por la anulación de la Ordenanza, lo que observamos es que por mucha norma estatal punitiva que exista, de poco sirve poner negro sobre blanco si no lleva aparejado ningún mecanismo que garantice la efectividad final de la sanción.
Lo hablábamos en esta columna a propósito de los gorrillas. Aunque se les identifique y expediente, de nada sirve al tratarse de sujetos insolventes y sin domicilio identificado.
Por lo tanto, y por desgracia, deberíamos de plantearnos si estaba tan mal que la Ordenanza Cívica sancionase acciones que ya son declaradas ilegales por otras disposiciones estatales. Sabemos que en el plano teórico no tiene que existir sanción repetida, y sabemos también que en el plano práctico existe demasiada impunidad.
No tendría que ser demasiado pedir el poder andar por la calle tranquilos.