Después de los luctuosos atentados terroristas perpetrados por yihadistas islámicos en Barcelona y en Cambrils el jueves de la semana pasada, se han ido publicando multitud de noticias falsas unas, contradictorias las otras, unas tendenciosas, otras manipuladoras, producto más del interés político propio del que las ha publicado que del afán por dar respuesta al derecho fundamental independiente y preferente de informar e informarse contemplado con el artículo 20.1.d de la Constitución Española donde se reconocen y protegen los derechos: ”A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades”. Y con total desprecio a los damnificados por el atentado.
Comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión no solo asegura nuestro derecho a conocer y explicar lo que acontece, también es una garantía esencial para la configuración de la opinión pública, ese sentir mayoritario que resulta imprescindible para construir una sociedad libre, plural y democrática.
Una de las controversias más interesadas ha sido sobre si la Administración Central había avisado o no sobre la oportunidad de colocar bolardos en las principales zonas de concentración de personas en Barcelona o no. De lo que se ha tratado, en el fondo, ha sido de quitarse la responsabilidad de no haber prevenido la posibilidad de un atentado de estas características.
El pasado mes de diciembre, después de que el conductor de un camión matase a once personas tras embestir contra un mercado navideño en Berlín, el Ministerio del Interior de España recomendó instalar “elementos de protección física” para evitar “ataques de similares características en lugares de alta concurrencia de personas, especialmente en días tan señalados como Navidad, Nochevieja y la tarde noche del 5 de enero en la Cabalgata de los Reyes Magos”.
En el escrito, que el ayuntamiento de Barcelona se ha apresurado a mostrar, el Ministerio del Interior aconsejaba poner protecciones durante las pasadas fiestas navideñas, a lo que la alcaldesa de Barcelona contestó que no los iba poner, justificándolo con los siguientes argumentos: “Tendríamos que haber llenado de barreras la ciudad entera y eso no lo vamos a permitir porque entonces los terroristas estarían consiguiendo su objetivo. Queremos ser una ciudad en libertad que la va a defender con toda la fuerza”, “Es imposible llenar la ciudad de barreras porque sería impracticable. Y eso es justo lo que quieren los terroristas, que vivamos repletos de barreras”.
Hasta aquí el relato del despropósito de la colocación o no de los bolardos. Pero ahora hagamos un repaso a la normativa aplicable al caso, en una palabra veamos de quien era y es la responsabilidad de prevenir, en lo posible, que sucedan estos atentados. Para hablar del marco competencial en España en cualquier tipo de ámbito (de la Administración Local también) nuestro primer objetivo es nuestra Carta Magna.
La Constitución Española de 1978 establece en su art. 15, entre otros derechos fundamentales, la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la vida y a la integridad física de las personas como primero y más importante de todos los derechos fundamentales. A continuación la Constitución señala que mediante ley, podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (art. 30.4 C.E.), lo cual relaciona directamente con la función y definición legal de Protección Civil promulgada por la Ley 2/1985, de 21 de enero sobre Protección Civil y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En lo que afecta a la Administración Municipal, la Protección Civil se ejerce en el marco de las competencias que el municipio tiene atribuidas según la ya citada Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, donde el Alcalde es la máxima autoridad de este servicio público, en el Ayuntamiento de Barcelona también.
Las competencias en materia de protección civil están transferidas a la Generalitat de Cataluña, a pesar de lo cual el Tribunal Constitucional avaló el mes de mayo próximo pasado que el Estado intervenga en Cataluña por emergencias que requieran protección civil, desestimando por unanimidad el recurso presentado por el Gobierno catalán contra la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, al considerar que dicha norma no invade competencias autonómicas, y que la competencia autonómica en materia de protección civil encuentra su límite en la vigilancia de la seguridad pública que la Constitución atribuye en exclusiva al Estado, ha respondido el TC al recurso del ejecutivo catalán.
El propio estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y en su artículo 84. Competencias locales, dice textualmente
- El presente Estatuto garantiza a los municipios un núcleo de competencias propias que deben ser ejercidas por dichas entidades con plena autonomía, sujeta sólo a control de constitucionalidad y de legalidad.
- Los gobiernos locales de Cataluña tienen en todo caso competencias propias sobre las siguientes materias en los términos que determinen las leyes:
- f) La protección civil y la prevención de incendios.
Por lo tanto el Ministerio del Interior solo aconsejaba en primer lugar porque no tiene competencias en esta materia por estar transferidas a la Generalitat, aunque existan “unas facultades superiores de coordinación e inspección a cargo del Estado cuando está en juego el interés nacional” y en segundo porque el Ayuntamiento de Barcelona tiene plena autonomía en materia de protección civil y prevención de incendios.
Antes del atentado la alcaldesa de Barcelona, Ana Colau, en uso de su plena autonomía, no quiso poner bolardos para ser una ciudad en libertad, ahora seis días después del atentado y de catorce muertes (13 en Barcelona y una en Cambrils) y más de un centenar de personas heridas, 14 de ellas muy graves, se olvida de la libertad, rectifica y apuesta por la seguridad.