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Los reales decretos leyes del Doctor "Frankenstein"

Por Jorge Sáinz de Baranda
martes 31 de marzo de 2020, 13:27h

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Como todos recordamos de la magnífica novela de la escritora inglesa Mary Shelley, Victor Frankenstein se dedicó a crear un ser humano de piezas que tomaba de cuerpos diferentes, lo que llevo a un resultado que en nada se podía asemejar a un hombre normal y corriente. Pues bien, llevado esto a las normas que últimamente emanan de nuestro Gobierno en forma de Real Decreto Ley, podemos considerar que nos encontramos ante auténticos Frankenstein legales, en los que cada parte viene de un sitio -o de un interés distinto-, lo que está produciendo una auténtica confusión en el administrado.

Si nos detenemos en el último Real Decreto Ley 10/2020, por el que se crea una nueva figura denominada Permiso Retribuido Obligatorio para trabajadores por cuenta ajena, vemos que el resultado es uno de los mayores despropósitos con lo que nos han obsequiado, y que responde exclusivamente a intereses partidistas, cuestión que nunca debe inspirar una norma.

Y partimos, que quede muy claro, de que cualquier medida dirigida al confinamiento y a evitar contagios debe ser aplaudida y obedecida por los ciudadanos en aras al bien común y, cómo no, al propio interés personal y familiar; pero lo que no es válido es que, amparándonos en dicho fundamento, legislemos en contra de esos mismos intereses.

Lo cierto es que el Presidente del Gobierno anunció una medida de paralización de la actividad económica para lograr detener de forma más contundente el contagio, si bien el resultado final nada tienen que ver con ello ya que (i) solo afecta a trabajadores por cuenta ajena y no a autónomos, (ii) no se hace una relación de actividades suspendidas -solo de las actividades en las que los trabajadores deben tener obligatoriamente un permiso retribuido- y (iii) la redacción es fruto de la improvisación y de los intereses políticos de los que hemos hablado.

Como muestra un botón -o dos-: (a) como consecuencia de lo regulado en el RDL, los trabajadores de una obra no pueden acudir a ella, pero si pueden acudir todos aquellos que sean autónomos, como determinados industriales -por ejemplo el fontanero, electricista, carpintero, siempre que sean por cuenta propia-, técnicos como el arquitecto, el propio empresario, etc., y, (b) se mantienen como actividades esenciales las de los asesores y gestores para no paralizar la presentación de impuestos, de la que no se exime, pero los trabajadores por cuenta ajena de esas asesorías solo pueden trabajar en casos urgentes -el mejor exponente de los conceptos jurídicos indeterminados-.

La realidad es que este Real Decreto solo busca paralizar algunas actividades como la construcción sin que el Estado no tenga que asumir los pagos derivados de los ERTE's, que de forma masiva se están presentando como consecuencia de la grave situación por la que se está pasando, y contentar las exigencias de los socios de Gobierno.

Si de verdad se quiere ayudar a la economía, habría que dar respuesta real a determinadas demandas, que ya resultan un clamor popular, como son la suspensión de las obligaciones por los impuestos trimestrales que ahora vienen, la resolución en el plazo de cinco días de los ERTE's presentados -sin amenazar con inspecciones-, y la imposición a las entidades financieras para que no puedan exigir garantías adicionales a las del Gobierno en los préstamos ICO, como ya empiezan a hacer. Amén de otras más que con un poco de imaginación se pueden encontrar.

Resulta cuando menos premonitorio que en el Anexo del citado Real Decreto, en el punto 15, se diga "y las adaptaciones que en su caos puedan acordarse".
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