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Llega una nueva Inquisición

Por Agustín Buades
viernes 02 de enero de 2015, 13:29h

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Esta semana en el Parlament tuvo entrada una proposición de  ley de privilegios y poder para los gais, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales (GLBTI) en  nombre de la no discriminación, que excluye a todos los grupos fuertemente discriminados, mujeres embarazadas, mayores de 50 años, gitanos, pobres, inmigrantes. En realidad, si pretendieran hacerla extensiva a todos ellos sería imposible, porque el poder que confiere es tan desmesurado que lo hace inviable. Esta es la mejor constatación de la desmesura y exageración de esta proposición de ley.

Establece privilegios, y otorga un poder arbitrario a un pequeño grupo de personas porque:

Pretende legislar “todas las áreas de la vida social” y también “el ámbito privado” (art. 1), persigue “remover los estereotipos” por medio de la acción de los poderes públicos. Otorga un gran poder a las personas GLBTI y a sus organizaciones dado que pueden denunciar a toda persona, escuela, empresa, asociación y confesión religiosa si, según su criterio, se ven discriminados. La sola acusación establece el principio de culpabilidad, dado que será el denunciante quien deberá demostrar su inocencia.

Establece la obligación de fomentar la homosexualidad, bisexualidad, transexualidad e intersexualidad .

La reeducación de los alumnos en todos los ciclos desde preescolar hasta la universidad de la escuela pública, concertada y privada.

Se obliga bajo sanción a “que los centros educativos, escuelas e institutos presenten los GLBTI en términos positivos” .

Se promueve la homosexualidad, la bisexualidad, la transexualidad y la intersexualidad en la cultura, el tiempo libre y el deporte.

Pasar de heterosexual a homosexual es un hecho positivo; el proceso inverso, y la libertad de recibir tratamiento psiquiátrico o psicológico está prohibido.

Disfrutar de privilegios en las cláusulas sociales de las contrataciones públicas.

Se quieren imponer cuotas laborales para GLBTI “dentro del sector público y fomentar su implantación dentro del sector privado”.

Se modifica la legislación en reproducción asistida, sin incorporar ni siquiera la limitación por edad.

Limita el derecho de admisión (art. 23). Si la persona a la que se impide el acceso es GLBTI podrá dar pie a una denuncia por discriminación aunque sea otra la causa. Será la empresa la que deberá demostrar que no es así.

Se establece el control sobre los medios de comunicación con el fin “de establecer recomendaciones sobre el trato y el uso de imágenes y lenguaje favoreciendo la visibilidad de referentes positivos de los GLBTI”.

Establece el principio explícitamente rechazado por las instituciones internacionales de que “los derechos de las personas GLBTI son parte integrante de los derechos humanos universales”.

Otorga un gran poder político a los GLBTI  porqué crea en el seno del Govern un órgano ejecutivo (art. 9) “que ha de coordinar las políticas del Govern en esta materia” y “los departamentos deberán aplicar esta Ley con la colaboración y bajo la coordinación de este órgano”. “Este órgano informará periódicamente al Parlamento y al Consejo Nacional de Lesbianas, gais y hombres y mujeres bisexuales y transexuales”. Un gobierno dentro del propio gobierno.

El impacto de las sanciones es todavía más peligroso porque la ley aplica el principio de inversión de la carga de la prueba: el acusado debe demostrar su inocencia en lugar de presuponerla como es normal.

O sea, vuelve la Inquisición.

 

 
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