última jornada de juicio por el asesinato de Mascaró

La acusación cree que la muerte de Mascaró fue de un plan alevoso

 

El abogado de la familia de Juan Mascaró, que ejerce la acusación particular, ha dicho hoy en la última jornada del juicio que la muerte del empresario menorquín en enero de 2013 fue la ejecución de un plan alevoso desde el principio, en el que el acusado C.C.T.G. "planificó y creo la situación".

A la espera de que el jurado reciba el objeto del veredicto e inicie la deliberación, el juicio ha terminado esta mañana en la Audiencia de Palma con los informes finales de las partes, en los que la Fiscalía ha pedido una condena por homicidio doloso, la acusación particular por asesinato con alevosía y la defensa admite un homicidio pero pide que se tengan en cuenta cinco atenuantes.

La Fiscalía solicita una condena de 12 años de prisión, la acusación particular de 20 y la defensa de 2 años y 6 meses.

En el turno de última palabra, el acusado ha negado ante el jurado que tuviera intención de acabar con la vida de Mascaró: "Con los golpes que le di, en ningún momento intenté matarlo porque si hubiera intentado matarlo, del primer hachazo le pego en la cabeza y lo dejo seco", ha afirmado.

La fiscalía ha reiterado su petición de que el acusado sea condenado por homicidio doloso por el atropello y posterior apuñalamiento de Mascaró, con las circunstancias atenuantes de confesión y obcecación y la agravante de abuso de superioridad y ha descrito a C.C.T.G. como "una persona primitiva que por una serie de acontecimientos estaba más revolucionado que de costumbre".

El fiscal Eduardo Norro cree que el encuentro entre víctima y agresor fue una casualidad, si bien el accidente lo provocó el acusado que se bajó de su vehículo "con la intención de matar, armado con un hacha y un cuchillo". Cree también que la víctima pudo defenderse.

El abogado de las hijas del fallecido, Jaime Campaner, ha pedido al jurado que aplique el sentido común, que vea las fotografías de la autopsia "para darse cuenta de la magnitud de la tragedia" y condene al acusado por asesinato con alevosía, porque cree que mató al empresario de 68 años sin posibilidad de defensa y se las ingenió para hacerlo sin asumir ningún tipo de riesgos.

El letrado ha negado que se pueda tener en cuenta la atenuante de confesión cuando el acusado falseó desde un principio lo que había ocurrido, ni la de obcecación por impulsividad cuando fueron "más de 20 impulsos los que le costó controlar" porque golpeó la moto de la víctima dos veces con el coche, le persiguió a pie y le ocasionó 17 heridas de arma blanca.

Ha negado el arrebato porque "que un sujeto sea primitivo, maleducado, cobarde y violento no significa que actúe obcecado" y los peritos que han declarado en el juicio han indicado que mantenía sus facultades intactas cuando ocurrió el suceso.

La defensora, Margarita Mercadal, cree que lo ocurrido fue un homicidio porque si el acusado hubiera tenido intención de matar, habría conducido rápido para provocar un accidente grave al empresario.

Ha solicitado al jurado que tenga en cuenta cinco atenuantes de la responsabilidad criminal (obcecación, alteración psíquica; grave adicción al alcohol, sustancias estupefacientes y psicotrópicas; confesión y defensa propia) porque el acusado "no es una persona normal".

En su opinión, las amenazas de muerte previas del acusado fueron "bravuconadas" y "el arrepentimiento estuvo presente en él, no tuvo intención de matar aunque sí de hacer daño".

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