hablan el concejal y el gerente de urbanismo sobre el casino teatre balear

"La licencia se denegó porque se aplicó la ordenanza de usos del centro"

El Gerente de Urbanismo del Ayuntamiento, Fernando González, ha explicado el acuerdo unánime de Gerencia de Urbanismo de denegar la licencia de instalación al Casino Teatro Balear al aplicar la Ordenanza de Usos del Centro Histórico que establece que no se puede instalar un casino con una superficie superior a los 300 metros, cuando el proyecto presenta una superficie solo de acceso público de 1.400 metros cuadrados.

González ha explicado que "el peticionario también pretendía haber obtenido la licencia por aplicación de lo que interpretaba como silencio positivo. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo en el 2009 sobre la interpretación de este silencio, señala que no es posible adquirir por silencio una licencia en contra de la normativa urbanística. Este ha sido el motivo de desestimar la pretensión de licencia por silencio positivo".

Además, ha indicado que "ni en la denegación, ni en la tramitación de la resolución se ha vulnerado el ordenamiento ya que prevaricar hubiera sido realizar justamente lo contrario, es decir, ceder ante la interpretación sesgada de un negocio particular en contra de la normativa de aplicación vigente que protege el bien de los ciudadanos y la ordenación urbanística como bien de  interés general".

González ha precisado, asimismo, que "en todo momento el peticionario ha tenido conocimiento de los informes técnicos que le señalaban el incumplimiento del proyecto que pretendía ejecutar".

"LO CONTRARIO A LA DENEGACIÓN HUBIERA CONSTITUIDO UNA RESOLUCIÓN INJUSTA"

El teniente de alcalde de Urbanismo y Vivienda, Jesús Valls, ha ratificado las declaraciones del gerente de Urbanismo al añadir que "la actitud contraria a la denegación hubiera constituido en sí una resolución injusta a sabiendas" resaltando que "en todo momento, la propiedad del casino conocía los informes técnicos  que constaban el incumplimiento del proyecto".

En relación con el informe favorable del Letrado de la Gerencia, el teniente de alcalde de Urbanismo ha explicado que "el letrado presenta un informe jurídico que contradice el criterio municipal mantenido durante 15 años sobre la aplicabilidad de la ordenanza. Esta ordenanza sólo se puede  modificar o cancelar tras una por revisión del Plan General, resolución judicial y/o resolución del Consell Consultiu".

Valls ha apuntado que "dado que el informe del letrado de urbanismo contradecía el criterio municipal mantenido durante 15 años, el gerente de Urbanismo solicitó aclaración sobre esta cuestión al Letrado municipal ya que por reglamento orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Palma, se guarda relación para que todos los organismos de Cort puedan consultar sobre cualquier cuestión".

Valls, por último, ha concluido indicando que "la postura del letrado es, además contraria al Departamento de Actividades, contraria al criterio del Secretario Municipal, contraria a la Secretaria Delegada del Consejo de Gerencia y contraria al Letrado Jefe de los Servicios Jurídicos de Cort, criterios que son concordantes con el resto de los letrados municipales".

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