Al futbolista, el Ministerio Fiscal le atribuye un delito de maltrato en el ámbito familiar (art. 153.1) del Código Penal y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años.
A su novia, Amelia, también le pide 4 meses por un delito de maltrato en el ámbito familiar (art 153.2 del Código Penal), así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años. Asimismo, le suma otros dos meses por un delito de daños y una pena de multa de dos meses a razón de 10 euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
En ambos casos, al amparo del art 48 y 57 del Código Penal, la Fiscalía pide que se imponga la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la otra persona, así como a su domicilio y lugar de trabajo, y prohibición de comunicar con él por cualquier medio por el plazo de dos años.