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Vicenç Thomàs, presidente del Parlament.
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Vicenç Thomàs, presidente del Parlament.

El Parlament guarda silencio sobre la denuncia contra su presidente y la oficiala mayor

Por Joan Miquel Perpinyà
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jmperpinyamallorcadiariocom/10/10/25
martes 16 de mayo de 2023, 16:56h

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El Parlament de las Islas Baleares no ha recibido ninguna notificación oficial sobre la supuesta contratación irregular de dos funcionarios interinos, y tanto el Parlamento como la Oficina Anticorrupción se han negado a hacer declaraciones al respecto.

Silencio absoluto. Desde el departamento de Comunicación del Parlament se indicó ayer a mallorcadiario.com que no se tiene constancia de ninguna denuncia, pues no se ha recibido ninguna notificación oficial al respecto.

Pese a que se ha recabado la versión de los denunciados, la oficiala mayor del Parlament y el presidente de la Cámara, Vicenç Thomàs, por supuestamente contratar de forma irregular a dos funcionarios interinos, desde el Parlament han rehusado hacer declaraciones.

Tampoco la Oficina Anticorrupción de les Illes Balears (OAIB) ha querido pronunciarse, amparándose en la Ley de creación de la OAIB y en la muy reciente Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Desde la OAIB se ha respondido a este medio que "no puede confirmarle ni desmentirle la veracidad de la información que su medio ha publicado", aunque no se solicitaba que se confirmase la veracidad de la información publicada, que es absolutamente veraz, sino la recepción de la denuncia y qué proceso se iba a seguir por parte de la OAIB.

Concretamente, se solicitaba si se iba a iniciar una investigación o si se iba a remitir la denuncia a la Fiscalía, dado que los denunciantes apuntan a la comisión de un delito de prevaricación de funcionarios públicos (art. 405 del Código Penal). No ha habido respuesta.

Según la normativa que regula el funcionamiento de la OAIB, el director de la Oficina inicia de oficio las actuaciones cuando se tenga conocimiento de hechos o conductas cuando requieran ser investigados, previa determinación de su verosimilitud. La duración de las actuaciones, como norma general, no puede exceder el plazo de seis meses, a contar a partir del acuerdo de iniciación.

Si durante la investigación emprendida por la OAIB se observan conductas o hechos presumiblemente delictivos, el director lo comunicará de forma inmediata a la Fiscalía o a la autoridad judicial, en caso de indicio de delito.

Por su parte, el conseller portavoz del Govern, Iago Negueruela, ha eludido pronunciarse ya que, en su opinión, le corresponde hacerlo al Parlament, en su caso. Negueruela, durante la comparecencia posterior al Consell de Govern, ha explicado que el Parlament es una institución autónoma y "será el Parlament el que dé explicaciones y no el Govern".

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