La Sindicatura de Comptes, órgano perteneciente a las instituciones autonómicas cuya función es la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público, ha realizado un informe sobre el cumplimiento normativo de la subvención que ha venido otorgando el Ayuntamiento de Palma a la empresa que gestiona el único matadero del municipio palmesano ubicado en el polígono agroalimentario de Mercapalma, desde que la empresa pública Carn Illa S.A. fue liquidada por parte de sus principales accionistas, la Comunidad Autónoma y el Consistorio.
Esta empresa pública venía incrementando las pérdidas de manera exponencial hasta que el consejo de administración nombrado en la legislatura 2007-2011 decidió proponer su disolución en 2011. En ese mismo año hubo cambio de consejeros que llevaron a la práctica lo aprobado.
Ante la situación que el cierre del matadero podía provocar en la ganadería de Mallorca, por ser el único de su tamaño para dar servicio a las necesidades del sector, y por su repercusión en las carnecerías de los diferentes mercados municipales de Palma, los gobiernos autonómico y municipal dieron entrada a miembros del sector privado para que gestionasen directamente el servicio y fueran corresponsales de los resultados derivados de su actividad.
Las instituciones asumían la posibilidad de financiar las pérdidas que se generasen hasta un máximo de 355.000 euros cada año (las pérdidas de años anteriores superaban ampliamente esta cifra), a través de unas subvenciones otorgadas por las dos instituciones afectadas.
El procedimiento se establecía mediante una ayuda que el Govern otorgaba al Ajuntament por 200.000€, y el consistorio añadía 155.000 euros más como cantidad máxima subvencionable para quien asumiera la gestión de una empresa que se sabía que los ingresos no iban a cubrir los gastos, entre ellos el del alquiler a la empresa Mercapalma (de capital municipal y de empresa pública nacional Mercasa) propietaria de las instalaciones donde se presta el servicio.
La sindicatura había puesto en cuestión este formato, al entender que al ser una actividad, la del servicio de mataderos, competencia municipal, no se podía subvencionar a un tercero para que la realizara.
A esta conclusión llegaba al entender que el objeto del contrato entre Mercapalma y el gestor privado que se lo alquilaba contenía elementos de la gestión pública, por lo que se tenia que llevar a cabo bajo las formas de gestión indirectas que indica la ley de contratos del sector público, que son la concesión, la gestión interesada, el concierto o la sociedad de economía mixta, y no a través de un contrato privado de alquiler de la nave con la condición que se realicen exclusivamente actividades de matadero y accesorias. Por ello indica que la licitación del servicio la tendría que haber hecho el Ajuntament y no Mercapalma, aunque el titular de la nave sea esta empresa que no es 100% municipal.
Cort no tiene la misma opinión que la Sindicatura, ya que en las alegaciones que presentó al informe provisional expuso que desde el año 1996, con el Real Decreto Ley 7/96 de medidas de liberalización de la actividad económica, los mataderos dejaron de ser considerados servicio mínimo obligatorio de los ayuntamientos. Por ello en el año 2000 Palma desmunicipalizó el servicio de matadero en la Capital.
Defiende que al establecer en el año 2012 la manera de ayudar al sector privado para que asumiese la responsabilidad directamente del matadero, implantó la mencionada subvención que, al no tratarse de un servicio público bajo su opinión, era susceptible de tramitación y adjudicación por títulos propios del trafico privado, como es en este caso a través del alquiler.
Además defiende también que en la tramitación hubo publicidad, transparencia, concurrencia, igualdad y no discriminación, y que se publicó tanto por Mercapalma como por el Ajuntament hasta en cinco ocasiones en prensa para garantizar el cumplimiento con los mencionados principios, exigidos por la normativa de los contratos del sector público.
Hay que destacar que la concesión inicial de esta subvención en el año 2012 se dio por un consistorio con perfil ideológico diferente a quienes han defendido en el año 2018 el cumplimiento normativo ante la Sindicatura de Comptes del procedimiento empleado durante estos años por Cort para mantener la actividad de matadero.
Esta modalidad de financiación de las pérdidas acaba con las del ejercicio 2017, que deben aprobarse este año, ya que la subvención cubre el resultado negativo del año cerrado. Habrá que preguntarse cuál será la formula que Cort y Govern establecerán en el futuro. La que el municipio ha defendido en sus alegaciones o las que propone la Sindicatura, órgano de la órbita autonómica.