Este pasado lunes 18 de enero concluyó la prórroga del periodo para que los establecimientos turísticos de Menorca solicitaran la regularización de plazas de alojamiento.
Dicho periodo fue prorrogado por acuerdo del Consell de Govern el pasado 17 de julio de 2015, ampliando el plazo que se establecía en la disposición adicional quinta de la Ley Turística 8/2012, de 19 de julio.
El Decreto Ley 1 /2009 de 30 de enero estableció la posibilidad de regularizar plazas turísticas para los establecimientos de alojamiento turístico de Balears, una regularización que pretendía que estos establecimientos inscritos en el registro general de empresas, actividades y establecimientos turísticos antes del 31 de diciembre de 2017 pudiesen resolver determinadas situaciones, siempre garantizando un mantenimiento de la calidad de la oferta turística, un respeto a los derechos de los consumidores y usuarios y cumpliendo las normas vigentes.
Algunas de las situaciones a resolver son el aumento de unidades o plazas de alojamiento en relación a las autorizadas, la modificación de superficie de suelo tenida en cuenta para el cumplimiento de las superficie mínima del solar por plaza según el proyecto y la parcela en virtud de la cual se concedió la autorización y la adaptación referente al cómputo del número de plazas en relación con la situación de hecho que refleje una discrepancia entre la capacidad real y la autorizada.
Actualmente esta regularización de plazas está regulada en la disposición adicional quinta de la Ley Turística, que amplía los beneficiarios que pueden acogerse a este proceso de regularización a las inscritas antes del 1 de enero de 2012 y a los edificios independientes de un establecimiento existente, ubicados en parcelas limítrofes o no limítrofes, pero situadas a una distancia máxima de 200 metros y que hayan sido explotadas como parte de este, con independencia del uso del suelo.