LEY | LAS MULTAS PUEDEN ALCANZAR LOS 600.000 EUROS

La prohibición de fumar en espacios públicos, cada vez más cerca

Casi la mitad de los trabajadores de establecimientos para fumadores tiene antecedentes de enfermedades respiratorias.

La prohibición de fumar en espacios públicos está cada vez más cerca. Dieciocho días nos separan de la entrada en vigor de la ley antitabaco en su versión más restrictiva, una normativa que declara los locales de hostelería y ocio como establecimientos libres de humo y establece multas de hasta 600.000 euros para infracciones consideradas muy graves. El día dos de enero es la fecha elegida por el Gobierno para la entrada en vigor del nuevo texto legislativo, con el que se pretende poner fin a la figura de fumador pasivo. De hecho, casi la mitad de los trabajadores de los locales de hostelería donde está permitido fumar presentan antecedentes de enfermedades respiratorias y este porcentaje se sitúa en torno al 30% en el caso de los establecimientos donde no se fuma, según un informe elaborado por UGT y CC OO, lo que justifica todavía más “la entrada en vigor de la ley en su fecha prevista. La nueva normativa mantiene las mismas sanciones aprobadas en la Ley 28/2005 de 26 de diciembre, en un arco que va de los 30 hasta los 600.000 euros. Así, las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 30 euros si la conducta infractora se realiza de forma aislada, mientras que las consideradas “graves” están penalizadas con 10.000 euros, y las “muy graves” podrán alcanzar los 600.000 euros. La cuantía de la sanción que se imponga dependerá del riesgo generado para la salud, la repercusión social de la infracción, la capacidad económica del infractor y el beneficio que le haya podido reportar esa conducta, además de si se han cometido una o más infracciones. DUDAS SOBRE LA CAPACIDAD SANCIONADORA De hecho, y aunque la ministra de Sanidad, Leire Pajín, haya asegurado que hará cumplir la ley con todos los mecanismos de que dispone el Estado, lo cierto es que son muchos los que dudan de la capacidad sancionadora, dado que, y aunque los responsables de la infracción sean los titulares de los establecimientos donde se cometa, será muy difícil actuar salvo que haya denuncias previas, especialmente en locales pequeños y que hasta ahora han sido exclusivamente de fumadores. Por otra parte, la prohibición de fumar en entornos sanitarios y parques infantiles, también plantea muchas dudas acerca de su cumplimiento, ya que la Administración tendría que dedicar un número importante de efectivos dedicados a velar por su cumplimiento, lo que no parece viable. Igualmente, y en lo que respecta a la posibilidad de habilitar espacios con humo en casinos, bingos y salas de fiesta, que contempla el Senado, tampoco parece que prospere en el Congreso, ya que, no hay que olvidar que existe un pacto entre la mayoría parlamentaria para que no salgan adelante y para que se apruebe la versión más restrictiva de la nueva Ley. En cualquier caso, con el apoyo de los socialistas, sí se mantendrá la autorización para que las tiendas de conveniencia de las gasolineras puedan vender tabaco así como cigarrillos naturales sueltos. Paralelamente, se mantiene la indemnización a los hosteleros que sí hicieron obra en 2005 para separar a fumadores de no fumadores.

Suscríbase aquí gratis a nuestro boletín diario. Síganos en X, Facebook, Instagram y TikTok.
Toda la actualidad de Mallorca en mallorcadiario.com.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Más Noticias