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41 inmigrantes fueron expulsados de Mallorca por cometer delitos graves en 2023
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41 inmigrantes fueron expulsados de Mallorca por cometer delitos graves en 2023

Por Marina Forteza
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mfortezamallorcadiariocom/8/8/23
jueves 21 de marzo de 2024, 13:14h

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Entre los procedimientos de expulsión abiertos por la Policía en Mallorca -el cuerpo con competencias exclusivas en la materia- un total de 41 fueron efectivos. Según ha podido saber mallorcadiario.com la isla duplicó la expulsión de inmigrantes por cometer delitos graves, la mayoría por haber sido condenados, pasando de 18 en 2022 a 41 en 2023. Sin embargo, las cifras son insignificantes teniendo en cuenta, según las mismas fuentes, que los detenidos diarios extranjeros son un 40 por ciento al día. Entre los expulsados, ninguno es de origen argelino debido a la ausencia de convenio con el país.

Un total 41 inmigrantes fueron expulsados en 2023 en Mallorca por procedimientos inciados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en cumplimiento con la Ley de Extranjería, que avala expulsar al que haya sido condenado por un delito que acarree pena de cárcel superior a un año. En concreto, se contempla en su artículo 57.2 esta posibilidad para los migrantes con sus papeles en regla pero con antecedentes por delitos.

El camino a seguir es la incoación de un expediente de expulsión, pero para ello es necesaria la existencia de una condena firme y la lentitud de la Justicia hace que eso pueda tardar años en producirse.

La ley permite echar a inmigrantes que delinquen, pero depende de los jueces y la Policía Nacional. Tanto el Código Penal como la normativa de Extranjería avalan la devolución de personas en situación regular si cometen ciertos delitos. La competencia para impulsar los expedientes es del Ministerio del Interior.

Según el Gobierno, el 90 por ciento expulsiones en la última década se han tramitado por "actividades contra la seguridad nacional". Un total de 2.760 extranjeros fueron expulsados de España en 2023.

En el caso insular, los expulsados han sido en su inmensa mayoría por haber sido condenados, ya que cambian parte de la sentencia por la expulsión. Cabe recordar que sin antecendentes, no se puede tramitar ninguna expulsión.

EL PROCEDIMIENTO DE EXPULSIÓN

Se trata de procedimientos abiertos por la Policía, el cuerpo con competencias exclusivas en la materia, ante el que cabe recurso, y la decisión final dependerá de un juez. Una competencia que ahora reclama Junts tras el acuerdo con el que el Gobierno de Pedro Sánchez aprobó los decretos anticrisis a cambio de traspasar a Cataluña las políticas migratorias.

En la vía administrativa, el procedimiento de expulsión es como el que se aplica para los ciudadanos en situación irregular mediante el artículo 53.1.a de la Ley de Extranjería. Se inicia un procedimiento de expulsión que puede ser ordinario o preferente, este último más rápido y con plazos más cortos. Contra esa apertura de expediente, el inmigrante puede presentar recurso ante la Delegación de Gobierno asistido por un abogado.

Si no consigue su objetivo, la Policía procederá entonces a elevar una propuesta de expulsión que culmina con una carta de expulsión.Lo habitual es que el recurso se presente directamente ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, por lo que la decisión ya no queda en manos de policías o Delegación de Gobierno, sino que es competencia de los jueces, quienes deben atender a las circunstancias del penado. Si un migrante es condenado por un delito, el juez tiene dos opciones. La primera es hacerle cumplir la pena en una cárcel española. La segunda opción es expulsarle a su país de origen.

Otra posibilidad es el artículo 89 del Código Penal, que recoge la sustitución de la condena de prisión por la expulsión directa a su país cuando la pena sea superior a un año, aunque el margen es más reducido cuando el extranjero puede acreditar que lleva más de 10 años residiendo en España, ya que es necesario que sea condenado a más de cinco años. En este supuesto, la multirreincidencia pasa a ser un factor clave.

La Policía puede pedir ingresar al inmigrante en uno de los siete Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), todos en la península, mientras se resuelve el procedimiento, también con el fin de asegurar su expulsión si la condena no implica el ingreso en prisión.

Las únicas penas que no se pueden sustituir por la expulsión son la trata de seres humanos y el tráfico de personas.

Si el extranjero expulsado regresara a España antes de transcurrir el periodo de tiempo establecido judicialmente, tendrá que cumplir las penas que le fueron sustituidas.
Cuando llegan en patera, lo que se produce es el retorno o la devolución, ya que la entrada se ha producido de manera irregular, mientras que en la expulsión ya no hablamos de cómo se haya entrado en el país sino de si la situación del extranjero en él es irregular o no.

LOS DETENIDOS POR EL AVIÓN PATERA, EN LIBERTAD

Los 22 migrantes detenidos por el 'avión patera' -en el que viajaban de Casablanca a Estambul y que en espacio áereo español uno de ellos simuló un coma diabético para así entrar en territorio- quedaron en libertad tras la reforma del delito de sedición.

Les dieron la libertad provisional en enero de 2023 y la Policía, con apoyo de la Fiscalía, trató de expulsarlos de España. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestimó esta petición. Así, quedaron en libertad en la Península y de cara junio de 2025 todavía se desconoce cuántos de ellos comparecerán en el juicio.

NINGÚN ARGELINO EXPULSADO

Entre los expulsados en 2023, ninguno ha sido de origen argelino, pese a su alta tasa de delincuencia constatada por la Policía. La ausencia de convenio con Argelia provoca que los expedientes de devolución no se ejecuten debido a la negativa de Argelia de repatriarlos. Las autoridades de Argelia anunciaron la "suspensión inmediata" de relaciones con España por lo que consideraron un "giro injustificable" del gobierno de Sánchez sobre el Sáhara Occidental.
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