El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TJISB) ha desestimado de manera íntegra la demanda de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) contra la suspensión de licencias que acompañaba a la aprobación inicial del Plan Director Sectorial de Equipamientos Comerciales de Mallorca (PECM) en 2017 por lo que, de esta manera, queda avalada la suspensión.
El Consell de Mallorca ha informado este jueves que la sentencia establece que la suspensión se ajusta a derecho y despliega de manera correcta y motivada la previsión de la legislación en materia de ordenación territorial.
El tribunal destaca el hecho de que el acuerdo adoptado y el régimen cautelar previsto en los artículos 10 y 13.4 de la Ley 4/2000, de ordenación territorial, "es materia estrictamente de ordenación del territorio y que el interés general se encuentra perfectamente justificado" en las previsiones de la legislación de ordenación territorial (y la urbanística), que permite la imposición de limitaciones temporales y preventivas.
Asimismo, la sentencia del TSJIB invoca a su vez la doctrina constitucional que emana de la Sentencia 36/1994, de 10 de febrero, del Tribunal Constitucional, relativa a la constitucionalidad de la técnica cautelar en el uso de las competencias sobre ordenación del territorio.
De este modo, el TSJIB da la razón al Consell de Mallorca y desestima íntegramente el recurso de ANGED, reforzando así lo que "siempre ha defendido" la institución insular "sobre la naturaleza y alcance del régimen de suspensión de licencias" en el ámbito de la ordenación del territorio y del urbanismo, como mecanismo preventivo.
Para el Consell, esta sentencia "es importante" dado que plantea un precedente para otros dos pleitos interpuestos por el mismo motivo, además de garantizar que el régimen de suspensión de licencias podrá ser utilizar con garantías en la tramitación de futuros instrumentos de ordenación territorial.
ORDENACIÓN DEL SUELO COMERCIAL DE MALLORCA
El PECM, aprobado de manera definitiva en abril de 2019, ordena el suelo comercial de Mallorca y zonifica la isla en cinco niveles, que corresponden a Palma, el área de mayor actividad de la isla, donde los equipamientos comerciales no pueden tener una superficie comercial superior a los 40.000 metros cuadrados; Inca y Manacor, donde el límite es de 13.000 metros cuadrados de superficie comercial. También diferencia zonas turísticas donde la máxima superficie es de 4.000 m2; otros núcleos donde se establece un límite máximo de 1.500 m2 y el resto de Mallorca, donde el límite es de 700 metros cuadrados.
El Consell explica que los ejes principales del PECM son fomentar el comercio de proximidad y mejorar tanto la movilidad como el paisaje urbano de Mallorca, y fija criterios para establecer un modelo territorial comercial centrado en la protección del medio ambiente, la ordenación territorial y la protección de los consumidores.