Sí, es nuestro derecho como padres

Malos tiempos vivimos, si cada vez cuesta más reconocer un derecho que no solo nuestra constitución reconoce si no que está inscrito en la misma naturaleza de la paternidad y maternidad y que no es otro que el derecho a la educación de los hijos según sus convencimientos ideológicos, filosóficos y religiosos que tengan y por supuesto siempre desde la tolerancia y el respeto a todos ya todo.

Y me refiero a la Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales propuesta por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea sobre la realidad LGTBI consagra una visión de la persona conforme a la cual la percepción subjetiva de cada uno sobre su identidad sexual pasa a identificarse con la propia persona y su dignidad (cfr. art. 3, 7, 76 y 77 entre otros) y que, como consecuencia de esta consagración legislativa de una opinión antropológica opinable y discutible resultan las siguientes consecuencias jurídicas contrarias a la libertad:

a) Cualquier discrepancia sobre esa concepción de la persona se convierte en algo sancionable y perseguible por constituir vejación o discriminación hacia aquellas personas en las cuales el “sexo sentido” no coincida con el genético y morfológico(cfr. arts. 87 a 96 sobre infracciones y sanciones, entre otras normas de la PL).

b) Todas las administraciones públicas y personas físicas y jurídicas quedan obligadas a defender, promover y actuar conforme a esa nueva ideología sobre la sexualidad y a hacerla visible y promoverla bajo amenaza de sanción en caso contrario (art. 2 y arts. 10 a 75 de la PL en que se regulan estas obligaciones en materia de políticas sociales, sanidad, familia, administración de justicia,educación, políticas laborales y empresa, infancia y juventud, cultura, educación, ocio, tiempo libre, cooperación internacional, medios de comunicación, fuerzas armadas, administraciones públicas, etc.).

c) Si llega a aprobarse esa ley, la discrepancia sobre esa concepción de la sexualidad pasa a ser ilegal y sancionable por considerarse discriminación contra las personas LGTBI(cfr. arts. 87 a 96).

Los que hoy día defienden esa concepción de la sexualidad que pretende convertir en obligatoria la nueva ley propuesta pueden defender sus opiniones con toda libertad y sin riesgo alguno de ser sancionados ni perseguidos. De aprobarse esta Proposición de Ley, quienes defiendan otra concepción de la sexualidad pasarán a ser sancionados y sus centros educativos o medios de comunicación pueden ser clausurados.

Quiero recordar que sobre la sexualidad y las conductas sexuales se puede opinar y que los derechos constitucionales de libertad de expresión, educación, ideológica y religiosa se aplican también respecto a la sexualidad. Estos derechos constitucionales son desconocidos y reprimidos por esta Proposición de Ley que pretende imponer un pensamiento e ideología únicos en materia de sexualidad con el pretexto de luchar contra la discriminación de las personas LGTBI.

Sí, es nuestro derecho y no dejemos que nos lo arrebaten.

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