Por primera vez la conselleria de Afers Socials i Esports del Govern ha puesto una sanción a dos espectadores de un partido de fútbol por pelearse.
Los hechos ocurrieron en en las gradas del Campo de Fútbol Municipal de Santa Eulària el pasado 11 de mayo, según consta en una denuncia instruidad por la Guardia Civil.
Los ahora sancionados con un importe provisional de 300 euros discutieron y llegaron a las manos después de un encuentro de fútbol de la categoría juvenil.
Los hechos se han calificado de una infracción leve, según lo previsto en el artículo 121 de la Ley 14/2006 del deporte de las Islas Baleares.
La sanción es una primera llamada de atención para tratar de frenar escenas de violencia en el deporte infantil y juvenil.
SEGUNDA DENUNCIA EN TRES MESES
El Govern ha explicado que desde que se activó la Comisión contra la Violencia en el Deporte en Baleares el pasado mes de abril, es la segunda vez que se abre un procedimiento sancionador para infracciones del público en eventos deportivos.
La primera sanción se interpuso el pasado mayo a raíz de una denuncia instruida por la Policía Local de Algaida. En aquel caso los hechos se dieron durante un partido de fútbol que enfrentó a los equipos de Algaida y Santa Ponça en la Primera Regional de Mallorca, cuando un espectador insultó y amenazó al árbitro.
Si la sanción en el campo de fútbol de Algaida fue por una agresión verbal, la de Santa Eulària es la primera por agresión física.
Los hechos podrán ser calificados provisionalmente como una infracción leve, prevista en el artículo 121 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares. De acuerdo con dicha norma, la comisión de una falta leve se puede sancionar con una multa de 60,10 a 601,01 euros.
En este caso, la sanción prevista se ha fijado en 300 euros, según el principio de proporcionalidad y atendidos los criterios y las circunstancias que concurren, como la participación activa en una riña y bronca dentro del recinto deportivo, agredir y ocasionar lesiones a otra persona, comportamiento agresivo para la convivencia y la seguridad, necesidad de prevenir y erradicar estos tipos de conductas violentas, situación de riesgo o peligro para el público y que el incidente ocurrió una vez acabado el partido.
COMISIÓN CONTRA LA VIOLENCIA EN EL DEPORTE
Desde el Ejecutivo han recordado que la competencia para tramitar esta denuncia corresponde a la Comunidad Autónoma y, concretamente, el órgano competente para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativa deportiva es la Conselleria de Asuntos Sociales y Deportes.
Con estos procedimientos sancionadores, el Govern pretende reducir los comportamientos antideportivos que se pueden producir en las gradas durante los eventos deportivos.