Antes que nada, y para evitar problemas absurdos e innecesarios, quiero dejar claro que no quiero incitar a la comisión de ningún delito, y que todo lo que estoy diciendo aquí es en sentido totalmente figurado. Hecha la aclaración, explicaré el porqué de este indignado titular.
Dice el artículo 472.6 del Código Penal: “Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes… sustituir por otro el Gobierno de la Nación”. La rebelación, delito que me acabo de inventar, sería una variante de este tipo penal.
Si la indignación mayoritaria de la población con toda la clase política era ingente desde hace bastantes años, el devenir de los últimos meses con la ‘pactomima’ que hemos vivido, han puesto el enfado en una de sus cotas más altas. Y mientras tanto, el dilema de los electores está entre ir o no a votar, en una clara muestra de falta de voluntad para cambiar el rumbo de la política en España. Sabemos que, hagamos lo que hagamos, no vamos a cambiar nada, porque, independientemente del partido que consiga formar gobierno pronto o tarde, el stablishment que nos domina sin que nos queramos darnos por enterados, seguirá siendo el mismo.
Por desgracia, ya no creemos en nuestra fuerza para decidir el futuro de nuestro país. Somos conscientes que la única manera de propiciar un cambio sería llevando a cabo alguna acción que se asemejara a la rebelión, pero en primer lugar, no queremos llevar a cabo ninguna acción violenta (por supuesto) y en segundo lugar, en el fondo tenemos miedo al cambio, porque esto es lo malo conocido.
Así es que tenemos que asumir que las cosas están como están porque renunciamos a la parte mala que supone intentar cambiar.