La creación de esta base de datos fue aprobada el pasado 11 de diciembre en el Consejo de Ministros para cumplir una previsión de la Ley Orgánica de Medidas de Protección de la Infancia que a su vez, obedece al Convenio de Lanzarote del Consejo de Europa que España ha ratificado y que ha permitido la creación de registros similares en otros países europeos, como Reino Unido.
El objetivo es proteger a los niños de agresores sexuales, pederastas, pornógrafos y tratantes de seres humanos condenados por sentencia firme tanto en España como en otros países y a su vez, favorecer la cooperación policial internacional contra estos delitos de los que sólo a nivel nacional tienen antecedentes más de 43.700 personas.
Para ello, se impone que la persona que trabaje o pretenda trabajar o realizar cualquier tipo de actividad que conlleve contacto habitual con menores deberá presentar ante su empleador una certificación negativa que acredite que no está incluida en dicho Registro. En el caso de los ciudadanos extranjeros, deberán acreditar además que no tienen condenas penales por los delitos referidos en su país de origen o en donde sean nacionales.