El juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid sentencia que la compañía Ryanair emite billetes con 7 clausulas de dudosa legalidad y por ello, las declara nulas.
Someterse sólo ante
tribunales irlandeses, no admitir documentos como el
libro de familia o el carnet de conducir, no aceptar el pago en efectivo o
cobrar 40 euros por imprimir la tarjeta de embarque, la prohibición de
embarcar a un pasajero o su equipaje con la única condición de que antes se lo haya comunicado, el cobro por
"almacenar" un equipaje si no es recogido tan pronto llega a su destino o la modificación de
horarios de los vuelos de forma unilateral son las cláusulas que el magistrado ha tumbado.
De este modo, la Justicia da la razón a la OCU. Sin embargo, desde la Oficina del Consumidor advierten que hasta que la sentencia no sea firme -aún no se sabe si la compañía recurrirá ante la Audiencia Provincial de Madrid- las cláusulas se seguirán aplicando..