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La otra cara de los pactos con Fiscalía

jueves 03 de mayo de 2012, 18:17h

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El anuncio, luego desmentido, de un pacto de Iñaki Urdangarín y Diego Torres con la fiscalía en virtud del cual se evitaría su ingreso en prisión a cambio del retorno del dinero supuestamente malversado ha suscitado gran revuelo social, judicial y mediático.

Pactar con la fiscalía casi nunca es sinónimo de salir indemne de un proceso penal. Para empezar, pactar con los fiscales no evita el juicio oral. Los fiscales y jueces no pueden dar por cerrado un caso sin haber terminado la instrucción del mismo, es decir, sin terminar de recabar los datos referentes al presunto delito. En caso de que un imputado llegue a un acuerdo para que le rebajen la pena, recibirá una sentencia condenatoria aunque sea con unas penas rebajadas.

Los pactos de imputados con los fiscales pueden ser provocados por tres causas: en primer lugar, al carecer de pruebas periciales suficientes que demuestren la comisión de unos hechos delictivos, los fiscales pueden agarrarse a declaraciones de coimputados para armar su estrategia acusatoria. No obstante, como se ha demostrado con la reciente sentencia de Lluc Tomàs, el Tribunal Supremo no suele calificar a estas pruebas como suficientes para condenar. En segundo lugar, puede darse que imputados que aunque tengan argumentos de defensa consideren que pactar con la fiscalía les supondrá rebajar las peticiones de pena y evitarse shows mediáticos. Por último, existe el caso de procesados que, aun sabiéndose autores lanzan acusaciones contra otros coimputados, normalmente personajes mediáticos.  

No obstante, la realidad demuestra que no existe garantía que pactar una pena con los fiscales evite la entrada en prisión. El excelador de obras del Ayuntamiento de Andratx Jaume Gibert, a pesar de haber colaborado con jueces y fiscales en el esclarecimiento de la trama urbanística del exalcalde Eugenio Hidalgo, acabó ingresando en el centro penitenciario de Palma en septiembre del año pasado.

Tampoco evita que la justicia siga haciendo su camino en otras causas que los llamados “arrepentidos” puedan tener pendientes. El pasado mes de marzo la sección segunda de la audiencia provincial juzgó a Ángel Ochando por aparentar la insolvencia de sus empresas y usar de paraísos fiscales. Ochando es considerado la garganta profunda del caso Son Oms.

Un acuerdo de conformidad implica la aceptación de los hechos delictivos ante el tribunal. Ello significa que en caso de darse una sentencia absolutoria como fue el caso del expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps, los imputados que han pactado una condena rebajada acaban siendo efectivamente condenados en vez de ser absueltos como el resto.  

A la hora de pactar con fiscalía y realizar sus declaraciones, hay imputados que se basan en el derecho constitucional de faltar a la verdad para acusar a otros coimputados de la comisión de delitos. No obstante, la jurisprudencia ya está empezando a poner límites a esta prerrogativa de “faltar a la verdad” ante el temor que se haya convertido en un “derecho a decir mentiras” para acusar a otras personas. La sentencia del Caso Nimbus dictada por la Magistrada Margarita Beltrán, en relación a los arrepentidos Joan Martorell y a Miguel Romero, afirma que “la fiabilidad (de estos testimonios) queda afectada, además de por la subjetividad propia de las pruebas testificales, por la ausencia de un deber jurídico de veracidad y por los propios intereses procesales del testigo en relación con su propia responsabilidad penal. La imputación del hecho punible a otro puede contribuir a negar o a diluir la responsabilidad propia”.  Por lo tanto, la credibilidad de los llamados “arrepentidos” está bajo mínimos por su falta a la verdad y ya se les consideran obstáculos para la correcta administración de justicia. Entre los magistrados incluso, ya hay quienes apuntan a la adopción de medidas sancionadoras para estas personas.

Referente a la credibilidad de las declaraciones de imputados, los pactos con fiscalía han provocado que “arrepentidos” hayan cambiado su versión de los hechos varias veces. Un caso paradigmático es el del productor de televisión Miquel Oliver, imputado por el caso “Temps d’Esports” quien ha realizado declaraciones con tres versiones diferentes en la fase de instrucción.

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