De este modo, el consistorio andritxol consigue articular un instrumento jurídico que garantizará, de forma temporal, actuaciones programadas y no programadas.
En cuanto a las actuaciones, el servicio deberá solicitarse mediante los Jefes de Policía de cada uno de los municipios con la autorización de los alcaldes. Se ha concretado un tiempo mínimo de actuación de 15 días y habrá de acompañarse de una memoria del servicio a llevar a cabo con el número agentes a movilizar y posibles vehículos o material.
Las retribuciones básicas corresponderán al municipio de lo que provengan los agentes y, en caso de haber retribuciones extra, deberá afrontarlas el municipio solicitante de acuerdo con los convenios económicos y laborales vigentes.
Además, el convenio contempla la constitución de una Comisión de Seguimiento integrada por los jefes de ambos cuerpos policiales y se emitirá un análisis técnico de todas las actuaciones con el objetivo de evaluar las acciones llevadas a término.
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