SOCIEDAD

Los solicitantes que percibieron ingresos en 2019 quedan excluidos del Ingreso Mínimo

Las peticiones se evalúan según la renta del pasado año

Joan F. Sastre | Lunes 14 de septiembre de 2020
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) está defraudando, por el momento, todas las expectativas, incluso las de aquellos que, inicialmente, recibieron con entusiasmo la medida puesta en marcha, al alimón, por el vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y de la Agenda 2030, Pablo Iglesias, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Los retrasos en los pagos, las demoras en la tramitación de los expedientes y, especialmente, la complejidad de los requisitos impuestos por el Gobierno, están restando efectividad a una medida pensada inicialmente para apoyar a los colectivos más vulnerables en un contexto social y económico marcado por el cierre masivo de empresas y la destrucción imparable de puestos de trabajo.

Tres meses y medio después de la aprobación, el pasado 29 de mayo, del Real Decreto que ponía en marcha esta herramienta destinada a proporcionar un sustento económico de supervivencia a los sectores más vulnerables de la población, los retrasos en la tramitación de expedientes, la demora en la llegada de los pagos, y la exclusión de gran parte de los candidatos solicitantes, han lastrado las esperanzas con las que partió esta iniciativa del Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos, refrendada, además, con el apoyo en el Congreso de los Diputados de la práctica totalidad de grupos parlamentarios.

En la última actualización de los datos, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reconocía que apenas el 19 por ciento de las solicitudes de IMV tramitadas hasta el momento habían sido evaluadas y analizadas por los técnicos del departamento que dirige el ministro Escrivá. En cifras absolutas, este porcentaje equivale a unos 143.000 expedientes de los 750.000 que, según la información aportada por la propia Administración, se han cumplimentado hasta el momento.

Por otra parte, de estas 143.000 solicitudes del IMV que ya han pasado por las manos de los funcionarios estatales, con fecha del pasado 17 de agosto únicamente 8.841 habían sido aceptadas y aprobadas y, por tanto, sus titulares podrán acceder al cobro de una prestación que, por término medio, asciende a 451,53 euros mensuales, pero que puede ser más elevada en determinados supuestos: 599,99 euros para una unidad de convivencia formada por dos personas adultas; 738,45 euros si en esa misma unidad de convivencia convive un menor o bien está presente otro adulto; 876,91 euros en unidades con dos adultos y dos menores, tres adultos y un menor, o cuatro adultos; y, finalmente, 1.015,37 euros si la convivencia es entre dos adultos y tres o más menores, tres adultos y dos o más menores, o cuatro adultos y un menor. Cuando se trata de unidades de convivencia monoparentales, hay otras cuantías estipuladas, que van de los 701,53 a los 978,44 euros.

ALTO PORCENTAJE DE DENEGACIONES

Con estos números encima de la mesa, el resultado es que el Ministerio de Inclusión había informado negativamente, en la fecha de referencia, un total de 36.800 peticiones de IMV, es decir, cuatro veces más de las que han recibido una evaluación positiva. En términos relativos, por tanto, únicamente el 1,17 por ciento de las tramitaciones han sido estimadas favorablemente, si bien éstas se deben sumar a las 75.000 prestaciones que el Gobierno ha reconocido de oficio y que elevan la cantidad de beneficiarios a 83.841, con una tasa de subsidios aprobados que supera ligeramente el 10 por ciento.

Ahora bien, ¿por qué la Administración está denegando una cifra tan elevada de solicitudes de una prestación que había nacido para paliar los efectos de la crisis económica y de la desocupación en los sectores poblacionales más desguarnecidos?

Los argumentos planteados por la Seguridad Social a la hora de echar atrás la documentación tramitada por el usuario son diversos, pero, sin duda alguna, el más habitual es que los ingresos de que dispone el aspirante a recibir esta renta de subsistencia sobrepasan los límites fijados por el Gobierno. Hasta ahí podría ser comprensible esta manera de proceder teniendo en cuenta que el IMV va dirigido, precisamente, a posibles perceptores que no cuentan con el poder adquisitivo mínimo para costearse los bienes y servicios esenciales. El problema reside, tal como han puesto de manifiesto varios colectivos asociativos y también los agentes sociales y sindicales, en que la Seguridad Social realiza el cómputo de los ingresos del aspirante no en función de las percepciones ingresadas en el año en curso de 2020, sino a partir de los rendimientos económicos del ejercicio anterior.

UN SISTEMA DE EVALUACIÓN SIMILAR AL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA

En otras palabras, el sistema de evaluación aplicado por el Ministerio de Inclusión guarda muchas similies idéntico al que rige en el caso del cálculo del pago de la declaración anual de la Renta que se presenta ante la Agencia Tributaria: el contribuyente no paga según su situación económica en el momento de tramitar la declaración, sino en función de la que tenía el año anterior.

Sin embargo, cuando se trata de ciudadanos que ven comprometida su supervivencia y la de su familia, incluyendo los hijos menores que puedan tener a su cargo, la fórmula por la que ha optado la Seguridad Social resulta, como mínimo, cuestionable, especialmente en una coyuntura caracterizada por una crisis galopante, el cierre de empresas y la destrucción masiva de puestos de trabajo.

De hecho, una parte considerable de los candidatos a percibir el Ingreso Mínimo Vital son personas que hace tan solo un año, en 2019, no se hubieran planteado la posibilidad de recurrir a esta ayuda del Gobierno, ya que contaban con un salario fijo que cubría por aquel entonces sus necesidades. Sin embargo, a partir de principios de 2020, la irrupción de la Covid-19 sumió a estos trabajadores en una situación de incertidumbre e inseguridad que les ha acompañado durante el resto del año sin que se adivine una salida fácil para su situación.

LA PANDEMIA SE HA LLEVADO POR DELANTE LOS EMPLEOS

La razón es muy sencilla: han perdido los empleos y, por tanto, los ingresos que, sin la pandemia de por medio, hubieran conservado. Una parte de esta mano de obra ha podido acogerse a los ERTE, si bien, a cambio, ha debido renunciar a una parte nada desdeñable de su masa salarial. Otros, concretamente los fijos discontinuos y el personal eventual que en territorios turísticos como Baleares hallan sus mejores, y a menudo únicas, oportunidades laborales con el inicio de la temporada turística, han quedado fuera de la cobertura de los ERTE y, además, no disponen de la cobertura del subsidio de desempleo. Y todo ello tras recibir la mala noticia de que el hotel o el restaurante o el establecimiento vacacional en el que han trabajado otros veranos, este año no iba a contratarles porque ni siquiera iba a abrir sus puertas e iniciar su actividad.

La alternativa que les quedaba a estos ciudadanos en paro y sin subsidio era el IMV, y confiando en el anuncio realizado por el Gobierno, a través de su vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, y el ministro José Luis Escrivá, tramitaron rápidamente la solicitud correspondiente con la esperanza de que obtendrían una resolución favorable. Muchos de estos aspirantes han visto defraudadas sus expectativas por el hecho de que el pasado año sí estuvieron trabajando y, por tanto, percibiendo unos ingresos normalizados.

Ahora bien, como suelen plantear muchos de estos solicitantes rechazados, es en la actualidad, en pleno 2020, el año maldito de la pandemia, cuando ellos y sus familias necesitan esta pequeña renta para alimentarse y salir adelante aunque sea precariamente. La situación en la que pudieran encontrarse en 2019, antes de que surgiera la Covid-19, y lejos todavía del panorama incierto que afecta ahora a todos los países, ya es historia. Y bastante remota, dadas las circunstancias, pese al tiempo relativamente escaso que ha transcurrido desde entonces.

LOS LÍMITES DE LA VULNERABILIDAD

Paralelamente, los límites marcados por el Ejecutivo también han sido objeto de debate y discusión. La Administración considera que no se halla en situación de vulnerabilidad económica un ciudadano cuyo patrimonio sea igual o superior a los 16.614 euros. Si esta persona convive con otro adulto o con un menor, el límite se eleva hasta los 23.259,60 euros, mientras que en el caso de las unidades formadas por dos adultos y dos menores se puede alcanzar la cifra de 36.550,80 euros.

No obstante, si el solicitante se halla integrado en una unidad de convivencia, la constitución de la misma deberá datar de, como mínimo, un año antes a la cumplimentación de la petición del IMV.

Además, persiste la exigencia de que el peticionario acumule más de un año de residencia ininterrumpida, legal y efectiva en España, si bien se han determinado algunos supuestos excepcionales en los que no es obligatorio cumplir este requisito: las víctimas de violencia de género, de trata o de explotación sexual.

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