Los posibles adjudicatarios de 99 VPOs y 99 aparcamientos se han dividido en dos contingentes:
- De carácter preferente: El solicitante o alguna de las personas solicitantes (en caso de cosolicitantes) empadronados en el municipio de Calvià con una residencia continuada y efectiva mínima de 7 años a fecha 1 de diciembre de 2023.
- De carácter general: El solicitante o alguna de las personas solicitantes (en caso de cosolicitantes) empadronados en el municipio de Calvià con una residencia efectiva en los últimos 10 años (tanto residencia continuada inferior a 7 años como residencia no continuada), a fecha 1 de diciembre de 2023.
Así, pues, se han publicado tres listas:
- En la primera se relacionan los solicitantes que han presentado de forma correcta la documentación y que pertenecen al grupo de carácter preferente.
- En la segunda, se encuentran también aquellos solicitantes del grupo de carácter preferente, pero que deben presentar alegaciones.
- El tercero incluye a los solicitantes del grupo de carácter general.
Los interesados pueden subsanar las deficiencias a la lista provisional desde el momento de su publicación y por un periodo de diez días hábiles. En el caso de no subsanar o aportar la documentación requerida, se entenderá que el posible adjudicatario desiste en la solicitud, previa resolución dictada al efecto, según lo dispuesto en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cabe destacar que no se admitirán alegaciones por correo electrónico y que las tres formas para hacerlo son las siguientes:
- Telemáticamente (preferiblemente), a través de la Sede electrónica o el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.
- De manera presencial, en el Registro General del Ayuntamiento de Calvià o en el Registro General del Centro Municipal de Servicios de Palmanova, presentando la solicitud publicada en la página web y sede electrónica del Ayuntamiento de Calvià aportando la documentación necesaria, en todo caso.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.