La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremoha anulado cuatro decretos del Govern balear, en los que se establecían medidas restrictivas tras el primer estado de alarma.
Todas las noticias del coronavirus
Actualidad de la pandemia
Leer más
En concreto, el Alto Tribunal anula los decretos, que versaban sobre el toque de queda, el control a los pasajeros nacionales en las llegadas a los puertos y aeropuertos de las Islas y las limitaciones de aforo en lugares de culto y en las reuniones privadas.
Se trata de los decretos 10/2020, 12/2020, 13/2020 y 17/2020. Así, el recurso fue presentado por Vox a raíz de que el Tribunal Constitucional anulara el primero y segundo estado de alarma.
El Decreto 10/2020 fijaba restricciones de movilidad en horario nocturno, aperturas y cierres de comercios y servicios e iglesias. El 12/2020 ahondaba en dichas restricciones aplicables en este caso de forma específica a la isla de Ibiza. El 13/2020 prorroga lo establecido en el 10/2020. Por último, el Decreto 17/2020 supone una nueva prórroga del anterior.
El diputado portavoz de VOX en el Parlamento de las Islas Baleares, Jorge Campos, Ha asegurado que «esta sentencia es una bofetada a Armengol y sus socios. La Justicia demuestra los atropellos de la izquierda y los separatistas de Baleares que han utilizado el ejercicio del poder ejecutivo para pisotear los derechos fundamentales y libertades de los ciudadanos».
La sentencia atiende el recurso contencioso-administrativo 156/2021, interpuesto por un particular, formulado mediante el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales de la persona, contra el Decreto 12/2020, de 29 de octubre, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del Covid-19.