La proliferación de pisos okupados y el temor a los impagos tras la pandemia, ha puesto en guardia a los propietarios de pisos de alquiler. Algunos, saltándose a la torera la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), exigen a los inquilinos cláusulas consideradas abusivas que al final casi multiplican por cuatro el coste inicial de entrar en alquiler en una vivienda. Contratos de trabajo fijo, nóminas, mes en curso, mes de fianza, seguros y avales son condicionantes que no se espera el inquilino y que prácticamente desbaratan cualquier posibilidad de alquiler.
Marga y Ernesto han decidido alquilar una vivienda en Palma pues los dos trabajan. El mazazo llega cuando se enteran de las condiciones que les exige el propietario: "El piso estaba bien, en buena zona y amueblado. Pedía 800 euros pero nos quedamos de piedra cuando, además del mes en curso, nos exigía tres meses de alquiler, las últimas dos nóminas y ser fijos, una barbaridad por la que teníamos que desembolsar de golpe más de 3.000 euros. Nos lo vamos a pensar muy seriamente".
Esta es la realidad y aunque determinadas claúsulas no están contempladas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), los propietarios prefieren asegurarse ante el miedo a que el inquilino termine ocupando la vivienda o no pueda hacer frente al pago mensual.
La presidenta del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Baleares (API), Natalia Bueno, resalta que "la Ley de Arrendamientos Urbanos, especifica claramente que la fianza de alquiler será de un mes, aunque se podrá solicitar otra mensualidad como garantía adicional. Además contempla que el ratio de lo que se pague por alquiler sea el 40 por ciento de los ingresos del inquilino".
Bueno añade que "es evidente que entre los propietarios existe preocupación por la okupación de los pisos o por los impagos y a nadie le interesa acudir a los juzgados por impago, por lo que es habitual que el propietario contrate un seguro de garantía de alquiler que lo cubre prácticamente todo como desperfectos, gastos de abogados y demás. Es cierto que algunos piden algunas claúsulas que podrían considerarse abusivas, pero lo que está claro es que si los juzgados fuesen más ágiles, no sería necesario pedir estas garantías adicionales".
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Desde la inmobiliaria Peñas Fuster de Palma, su Administradora General, Ana María Peñas es contundente al declarar que "lo más habitual es que nos soliciten un aval bancario de seis meses. Hay otros propietarios que también nos instan a solicitar los extractos de cuenta corriente de seis meses atrás, a lo que hay que sumar que el inquilino tenga contrato fijo y que presente como mínimo dos nóminas".
Ana María Peñas subraya la dificultad que presentan algunos alquileres puesto que "en la actualidad, los salarios mensuales están en una media de 1.000 o 1.200 euros a lo que hay que añadir la luz, el agua y otros gastos, con lo que te queda poco menos de 200 euros para comer. Con esto quiero decir que con un solo salario difícilmente una sola persona puede alquilar un piso; se necesitan como mínimo dos personas. Otro de los problemas con los que nos encontramos es que a los propietarios se les pone los pelos de punta cuando hay una petición de alquiler con niños pues la situación se complica mucho a nivel jurídico si se llegase a producir un desahucio. Realmente es cierto que los gastos se disparan cuando se desea alquilar un piso".
"ALGUNOS PROPIETARIOS DE PISOS, POR PEDIR, PIDEN DE TODO"
Neli, encargada de la inmobiliaria palmesana Inmourban explica que "es cierto que algunos propietarios, por pedir, piden de todo, pero hay que atenerse a lo que dice la ley. Si el piso está amueblado son dos meses de fianza y, si no lo está, el mes en curso. Además de estos gastos iniciales, el inquilino está obligado a abonar los gastos de luz, agua y otros y el propietario tiene que hacer frente al seguro de impago, y no hacerlo el inquilino. Aunque algunos propietarios lo exigen, el IBI corre siempre a cargo del dueño de la vivienda".
En términos similares se manifiesta Neus de Palmer Inmobiliaria que advierte ante la obligatoriedad de ajustarse a la Ley de Arrendamientos Urbanos "exigiendo solo un mes de fianza y un mes de garantía y que quede claro que el seguro de impago lo suscribe el propietario de la vivienda. Neus observa que por lo general se suelen pedir nóminas y contrato laboral para asegurarse".
Ferran Font, Director de Estudios del portal inmobiliario Pisos.com resalta que "el problema de acceso a una vivienda en alquiler se produce en todos los países de Europa, aunque en España es más acuciante pues sólo basta ver en qué medida han evolucionado los precios de los alquileres y el salario medio. Es evidentee que muy poco se ha podido ahorrar durante la pandemia".
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Font subraya ante esta dicotomía entre precios y salarios que "el precio de la vivienda no ha ido acorde con los salarios aunque estamos comprobando en el caso concreto de Mallorca que el precio de alquiler ha disminuido en una media del 11 por ciento, lo que no quita que siga existiendo un problema de accesibilidad a la vivienda de alquiler".
El director de estudios de Pisos.com es consciente de que ante los temores existentes "algunos propietarios puedan pedir una serie de garantías adicionales y, en el peor de los casos, el inquilino tiene que hacer frente a unas exigencias de hasta cuatro mensualidades, sin contar con otras adicionales. Lo que desea el propietario es asegurarse y tener garantías de que podrá cobrar".
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