La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Balears ha acordado modificar las normas de reparto y sustitución debido a la actual crisis del coronavirus.
A partir del decreto de estado de alarma y de acuerdos de la Comisión Permanente del CGPJ, se suspenden todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales correspondientes, salvo en los supuestos de servicios esenciales.
Éstos son aquellos que de no practicarse, pudiera causar perjuicios irreparables: los internamientos urgentes del artículo 763 de la L.E.C., las medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores del artículo 158 CC; los servicios de guardia; las actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables (como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, etc.); cualquier actuación en causa con presos o detenidos, las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores y las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria.
Todas las noticia relacionadas
El tsunami del coronavirus
Leer más
En cuanto al registro Civil, se mantiene la expedición de licencias de enterramiento; celebración de matrimonios; e inscripciones de nacimiento en plazo perentorio.
En el área delo Contencioso Administrativo, se mantiene la actividad para autorizaciones de entradas sanitarias, urgentes e inaplazables, Derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes y Recursos contencioso electorales.
En el ámbito de lo Social, se mantiene la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes.
En general los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes, es decir, aquellos cuyo aplazamiento impediría o haría muy gravosa la obtención de la tutela judicial reclamada.
Por otra parte, la Sala ha acordado restringir los desplazamientos al máximo posible. En este sentido se modifican las normas de reparto correspondientes a los Juzgados de 1ª Instancia, de Familia, de lo Mercantil, y de lo Contencioso-Administrativo, en los siguientes términos:
Los asuntos correspondientes a los mencionados servicios esenciales se conocerán por un solo juez y turno semanal, que comenzará el día 16 de marzo 2020, empezando en cada caso por el correspondiente al Juzgado número uno de cada orden jurisdiccional y siguiendo correlativamente, salvo para los Juzgados de Familia que se conocerán por aquel a quien corresponda la guardia de internamientos.
Se modifican las normas de sustitución correspondientes a los Juzgados de lo Social de Palma en los siguientes términos:
La celebración de los juicios correspondientes a las mencionadas actuaciones esenciales, se llevarán a cabo semanalmente por un solo juez:
Los lunes el correspondiente al Juzg. de lo Social 4.
Los martes el correspondiente al Juzg. de lo Social 3.
Los miércoles el correspondiente al Juzg. de lo Social 2.
Los jueves el correspondiente al Juzg. de lo Social 1.
Los viernes el correspondiente al Juzg. de lo Social 5.
Estas modificaciones comienzan a aplicarse desde el martes 17 de marzo 2020.