El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España ha anunciado la creación del primer
Registro Nacional de Enfermeros, que será de titularidad pública, con el objetivo de controlar los títulos, el desarrollo profesional continuo, la formación y las incompatibilidades de estos profesionales, colegiados o no.
Según publica este jueves el Boletín Oficial de Estado (BOE), y como establece la actual Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias (LOPS), este registro
será accesible a la población y estará a disposición de las Administraciones sanitarias, “respetando los principios de
confidencialidad de los datos personales”.
En concreto, este registro, incluye datos de formación académica (titulación, origen de la titulación, emisión del título, año de inicio y de finalización de la formación titulada), sobre las
especialidades enfermeras realizadas o sobre cualquier otro tipo de formación (formación continuada, títulos propios universitarios, centro de formación, lugar de impartición, modalidad, fecha de finalización, horas y créditos de formación. Diplomas de acreditación y diplomas de acreditación avanzada).
Sobre su ejercicio profesional, el registro debe detallar
la situación laboral, el grado de carrera profesional, modalidad de ejercicio, centro de trabajo, naturaleza del centro, puesto desempeñado, clase de actividad profesional, tipo de dedicación, vinculación laboral, fechas de inicio y finalización.
Además, aporta datos sobre la
situación colegial, el colegio de pertenencia, número de colegiado, provincia de primera colegiación; así como su
expediente deontológico y sancionador: expedientes incoados (fecha de apertura, medidas cautelares, resolución final, cancelación de sanciones), condenas por sentencias judiciales (sentencia, órgano judicial, fecha, recursos interpuestos, cancelación de sanciones).
En el registro, según queda detallado en su articulado, no podrá figurar ningún dato relativo
a la ideología, religión, creencias, origen racial, salud ni sexualidad de estos profesionales.