Han pasado 86 años desde aquel 14 de abril de 1931, y algunos partidos y políticos siguen usando y mencionando la II República como ejemplo a imitar, y su bandera sigue ondeando en mítines y manifestaciones de la izquierda y del catalanismo. Quizá convendría recordar algunas cosas al respecto:
Aquella República de 1931 fue un sistema político nacido de unas elecciones municipales ganadas por los candidatos monárquicos, pero que los republicanos aprovecharon para echar a una monarquía que ya no tenía seguidores dispuestos a defenderla, en una España que se acostó monárquica y se levantó republicana; aquella República que fue acogida por una gran parte del pueblo español con esperanza y que a medida que avanzó fue desilusionando a unos y a otros; aquella República que las izquierdas consideraron exclusivamente suya y las derechas como enemiga natural; aquel régimen que sufrió alborotos e intentos de golpe de estado, por parte de anarquistas, socialistas, nacionalistas, y comunistas, tenía por fuerza que saldarse en el baño de sangre entre hermanos en la que terminó.
Pues bien, ese sistema político que vemos ensalzar, e incluso reivindicar a personalidades e intelectuales del nacionalismo y la izquierda nacional-catalanista que de alguna manera se hacen herederos de aquel sistema, tenía una Constitución que algunos harían bien en leerse. Sobre todo, con relación al tema de los derechos y deberes lingüísticos de los ciudadanos:
Art. 4 Constitución republicana 1931
“El castellano es el idioma oficial de la República. Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional.”
Art. 50 Constitución republicana 1931
“Las regiones autónomas podrán organizar la enseñanza en sus lenguas respectivas, de acuerdo con las facultades que se concedan en sus Estatutos. Es obligatorio el estudio de la lengua castellana, y ésta se usará también como instrumento de enseñanza en todos los centros de instrucción primaria y secundaria de las regiones autónomas. El Estado podrá mantener o crear en ellas instituciones docentes de todos los grados en el idioma oficial de la República”.
Es decir, que si bien le concedía a las autonomías la potestad de utilizar su lengua en la enseñanza, era obligatorio enseñar en la oficial de la República (el castellano o español) y usar como lengua vehicular la castellana, reservándose, además, la República, el Estado, la prerrogativa de crear sus propios centros en la lengua oficial de la República en cada comunidad autónoma, con tal de asegurar el acceso a la educación en castellano. Acceso hoy denegado en Baleares.
¿Defenderían ahora tales artículos “republicanos” los políticos de talante nacional-catalanista? ¿No es por parte de los socialistas y comunistas-podemitas locales, tan catalanistas ellos, un acto de oportunismo cargado de incoherencia el defender la segunda República?