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Las nuevas restricciones que entran en vigor hoy en Baleares
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Las nuevas restricciones que entran en vigor hoy en Baleares

sábado 24 de octubre de 2020, 06:03h

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A partir de este sábado 24 de octubre, los ciudadanos de Mallorca e Ibiza ven ampliado el conjunto de normativas y protocolos de prevención sanitaria aplicados por el Govern autonómico con el objetivo de contener los contagios de Covid en las islas. De esta manera, los bares y restaurantes ya no pueden atender a sus clientes en las barras, las comidas de empresa quedan virtualmente canceladas, las reuniones sociales y familiares únicamente pueden acoger a seis personas como máximo, y en las misas y actos litúrgicos no solo se recorta la cifra de asistentes, sino que, además, se recomienda no cantar.

Mientras que la situación epidemiológica en Menorca tiende a la estabilización, y la de Formentera ha mejorado ligeramente en las fechas más recientes, en Mallorca e Ibiza la evolución de los contagios no invita al optimismo.

El informe facilitado este viernes 23 de octubre por parte del Ejecutivo refleja, en el caso de la isla pitiusa, un incremento de la tasa de infecciones, que pasa, en apenas una semana, de 148,1 a 173,7 casos por cada 100.000 habitantes, con nada menos que 257 diagnósticos confirmados en el transcurso de los últimos siete días.

En Mallorca, también a partir de datos proporcionados por el Servicio Balear de Epidemiología y correspondientes al periodo entre el 6 y el 19 de octubre, la tasa de incidencia ha pasado de 131,2 a 143, y, a lo largo de estas dos pasadas semanas, se han detectado 1.281 positivos.

En este contexto de repunte de los casos, el Govern ha optado por mantener las disposiciones de la resolución aprobada el pasado 9 de octubre, pero incluyendo algunas modificaciones, unas de carácter general y otras concernientes, exclusivamente, a los territorios de Mallorca e Ibiza.

Respecto a las primeras, cabe destacar que uno de los nuevos criterios introducidos por la Administración autonómica incorpora modificaciones en la regulación de las visitas a los centros de servicios sociales correspondientes a las tipologías de residencia o vivienda supervisada. El objetivo de esta medida pasa por permitir, independientemente de la situación sanitaria del centro y por razones de carácter humanitario, que los usuarios de estos equipamientos, en situación de mayor fragilidad, puedan contar con más acompañamiento.

Centrando el punto de mira en los casos específicos de Mallorca e Ibiza, las limitaciones que entran en vigor este sábado son las siguientes:

Reuniones sociales: máximo de seis asistentes

Las nuevas directrices reducen a seis el máximo de personas presentes en encuentros sociales y familiares, excepto en el caso de que se trate de convivientes. Cuando exista este tipo de relación, no se impone la mencionada restricción.

Bodas y comuniones: máximo de 25, en espacios de interior

El aforo máximo para celebraciones nupciales y otros actos de similares características, como comuniones y bautizos, será de 25 personas si el evento se desarrolla en un recinto interior, y de 50 si tiene lugar en un espacio exterior. Ahora bien, mientras que el cumplimiento del resto de disposiciones comienza a exigirse a partir de este 24 de octubre, en el caso de estos eventos la normativa no resultará de aplicación hasta el 1 de noviembre.

Misas: un 30 por ciento, y mejor abstenerse de cantar

En los lugares de culto, el aforo autorizado no puede exceder del 30 por ciento de la capacidad del recinto. Además, el Govern ha recomendado explícitamente que los asistentes se abstengan de cantar durante la misa o celebración, ya que se entiende que las expectoraciones asociadas a este tipo de prácticas pueden favorecer la expansión del virus.

Comidas de empresa: un límite de seis comensales

El Govern aconseja que las celebraciones sociales que tienen lugar en el ámbito laboral se suspendan o se aplacen para más adelante, cuando la situación epidemiológica haya mejorado. Esta recomendación se acentúa especialmente, según manifiesta el Ejecutivo, cuando estos encuentros “van acompañados del consumo de alimentos y/o bebidas”, en una referencia clara a los almuerzos y cenas que organizan las empresas para agasajar a sus trabajadores, y que cobran un extraordinario impulso durante las ya próximas semanas de Navidad. En todo caso, si el anterior punto no pasa de ser una recomendación en esta nueva normativa, el siguiente no lo es, sino que adquiere el carácter de obligación: cualquier reunión de carácter social que se lleve a cabo en el marco de las relaciones laborales ha de acoger una cantidad máxima de seis asistentes. En consecuencia, la práctica totalidad de comidas de empresa que puedan convocarse en estas próximas semanas no podrán realizarse, y, tampoco, por supuesto, las de Navidad.

Bares y restaurantes: sin clientes en las barras

A partir de las nuevas disposiciones vigentes a partir de este sábado 24 de octubre en Mallorca e Ibiza, queda prohibida la utilización de las barras en todos los establecimientos de restauración. Por otra parte, el número máximo de personas por cada una de las mesas del establecimiento no puede superar la cifra de seis.

Centros comerciales: hasta el 50 por ciento de capacidad

El aforo de los espacios comunes en los centros y superficies comerciales se reduce exactamente a la mitad, y, además, se prohíbe la venta de alcohol a partir de las diez de la noche. Igualmente, el establecimiento deberá fijar, en un lugar visible situado a la entrada del recinto, rotulación informativa para dar cuenta del aforo máximo del local. Esta obligación se extiende también a bares, cafeterías y restaurantes.

Gimnasios: sólo el 30 por ciento del aforo

En las salas de musculación de los gimnasios, así como en los espacios destinados a actividades dirigidas y los vestuarios, no puede sobrepasarse el 30 por ciento de la capacidad total. Además, las actividades grupales dirigidas que se desarrollen en dichos espacios cerrados deben acoger a un máximo de 15 personas.

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