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Las noticias sobre el caso Nóos y aún más que sus noticias, el tratamiento que de ellas se da desde algunas formaciones políticas, no deja de sorprendernos. A raíz de un informe de la Agencia Tributaria solicitado por el juez Castro, se ha conocido que su padre el Rey Juan Carlos prestó en 2004 a su hija la Infanta Cristina, esposa del presidente del Instituto Nóos, Iñaki Urdangarin, 1.200.000 € para la compra de su vivienda familiar en Pedralbes.
Según informó la Casa del Rey a través de un comunicado, el dinero salió de la cuenta personal del Jefe del Estado, se declaró ante notario y se elevó a escritura pública ante notario. Sin embargo, no han tardado en salir los oportunistas de turno, siempre los mismos, a criticar al Rey y por extensión a la forma política establecida en la Constitución de 1978, la Monarquía parlamentaria.
Parece oportuno analizar en primer lugar la cantidad de datos e informaciones privadas que han pasado a conocimiento público como consecuencia de la instrucción del caso Nóos, una pieza separada del caso Palma Arena. Se empezó con los correos electrónicos que a su conveniencia fue entregando al juez el exsocio de Urdangarin y coimputado en la causa, Diego Torres, muchos de los cuales afectaban exclusivamente a la vida privada del yerno del Rey y sin el más mínimo interés para la causa penal. Se continuó con informes de la Agencia Tributaria relativos a los ingresos y patrimonio de la familia Urdangarin Borbón. Todo este caudal de información ha llegado a los medios de comunicación e inevitablemente ha causado un notorio perjuicio a la imagen pública de algunos de los imputados, salpicando gravemente a la imagen de S.M. El Rey.
Muy habitualmente parece que se haya formado un espectáculo mediático únicamente destinado a descubrir aspectos de la vida privada de Urdangarin y de su esposa y que nada tiene que ver con los aspectos relevantes desde el punto de vista procesal. Y este “circo mediático” juega radicalmente en contra de los imputados, amén de ser utilizado políticamente por los partidarios de un cambio de régimen.
Empieza a ser urgente que se termine con este lamentable espectáculo y que se culmine la instrucción del caso. Eternizar la investigación carece de sentido y ya es hora de que si hay indicios de delito, se proceda a su enjuiciamiento por el órgano competente. De ahí que la propuesta del comité de expertos para la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el objetivo, entre otros, de otorgar un plazo tasado para la investigación (seis meses prorrogables a 36 meses en casos de extrema complejidad) merezca ser tenida en consideración.