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Trabajadores de un negocio de restauración durante la pandemia.
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El Govern Armengol, en funciones, modificó a escondidas los criterios de las ayudas Covid

Por Joan Miquel Perpinyà
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jmperpinyamallorcadiariocom/10/10/25
miércoles 16 de octubre de 2024, 05:00h

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El Govern reclama 20,8 millones de euros a 442 empresas y autónomos por ayudas Covid, tras un cambio de criterio en la revisión ordenada por el anterior Ejecutivo del Pacte presidido por Francina Armengol tras las elecciones autonómicas y cuando ya se hallaba en funciones. Esto ha generado inseguridad jurídica y protestas, ya que muchos beneficiarios consideran injusto el proceso y han optado por presentar recursos.

Las ayudas Covid que reclama el Govern a 442 empresas y autónomos, por un importe de 20,8 millones de euros, se deriva de un proceso de revisión sobre todas las ayudas concedidas, ordenado por el anterior Ejecutivo tras las elecciones de mayo de 2023 y estando en funciones. Se trata de las ayudas directas concecidas por importe de 855 millones de euros en 2021 con fondos estatales.

La mayoría de ellas se origina en un cambio de criterio que va en contra de las normas de la propia convocatoria de ayudas, lo que supone una gran inseguridad jurídica y una litigiosidad inútil.

Julio Capilla, presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de las Illes Balears, se ha mostrado muy crítico con la revisión del conjunto de las ayudas otorgadas en 2021.

Básicamente, considera que el anterior conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo del Govern del Pacte, Iago Negueruela, y el director general, Manuel Portas, consensuaron unos criterios para la auditoría de las ayudas, que fueron publicados en el BOIB el día 8 de enero de 2022.

Sin embargo, en julio de 2023, antes de abandonar el Govern, dictaron una resolución “a escondidas, sin informar a nadie y cambiando el criterio, dejando el marrón al nuevo conseller”, lo que ha indignado a empresarios y también a los auditores.

Además, Capilla considera que no es lógico revisar el total de las ayudas concedidas, cuando se exigió a las empresas y autónomas que para optar a las subvenciones fuesen auditadas. Y además, a las empresas se les dio cinco meses para justificar los gastos, cuando la Administración puede estar años en ese proceso de revisión, lo que es desproporcionado e injusto.

CAMBIO DE CRITERIOS

Muchas de las reclamaciones actuales están basadas en dicho cambio de criterio. Por ejemplo, cuando en la convocatoria de las ayudas se establecía con toda claridad que se consideraban subvencionables los aplazamientos y fraccionamientos del IVA, impuestos especiales, impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, ahora se exige la devolución de las cantidades concedidas para tales conceptos.

De igual modo sucede con pagos pendientes a acreedores. Si el acreedor es otra sociedad de un mismo grupo empresarial, socios y administradores, ahora se exige la devolución de la ayuda, cuando en la convocatoria se consideraba un gasto subvencionable.

Hasta ahora, al menos el 18 por ciento de los beneficiarios de las ayudas a quienes ahora se reclama una devolución, han optado por presentar un recurso administrativo o judicial, lo que da idea del enorme volumen de ciudadanos que se consideran perjudicados en este proceso de revisión.

REACCIONES

Julio Capilla añade que “el colectivo de los auditores estuvimos durante 6 meses, antes del BOIB del 8 de enero, ayudando y consensuando con Intervencion y la Conselleria, representada por Manuel Porras, los criterios a aplicar porque había una inseguridad total derivada de unas órdenes publicadas de forma acelerada. No quedaba claro qué se debía auditar hasta que se fijaron unos procedimientos y se aclararon duda. Todo fue para crear un marco de seguridad jurídica a empresas y también al Govern anterior, para que luego nos enteremos que deciden cambiar los criterios de forma opaca, días antes de irse del Govern y de que entrase el nuevo Ejecutivo.

Capilla califica de “increíble” lo hecho por la Administración saliente. “Por ejemplo, nadie entiende que para un préstamo que te da un banco podía ser aplicable la ayuda y si te lo da el socio o el administrador también, pero si te lo da una empresa del grupo ahora no, cuando antes todos estábamos de acuerdo en que sí –y de hecho, así consta en la Orden del 8 de enero en la declaración responsable publicada). El fondo era ayudar a las empresas en un momento crítico y daba igual que el préstamo lo de un banco, que un socio o una empresa del grupo que no consolidase fiscalmente”, lamenta el auditor de cuentas.

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