Facua-Consumidores en Acción ha solicitado al Ayuntamiento de Llucmajor que solucione las deficiencias en la recogida de residuos domésticos y que adopte las medidas necesarias para evitar que se produzcan nuevas acumulaciones de basura. En una nota, esta organización ha señalado que a través de su delegación en Baleares, ha tenido conocimiento de que los vecinos de Llucmajor "están sufriendo graves perjuicios a consecuencia de una grave deficiencia en la recogida de residuos urbanos, debido a que el Ayuntamiento de la localidad no está destinando los medios necesarios para proceder a su recogida".
Según Facua-Consumidores en Acción, este problema se agrava en los periodos estivales, provocando la emisión de olores desagradables y la proliferación de alimañas que podrían suponer un peligro directo para la salud e integridad física de los habitantes del municipio. Además, según se han hecho eco medios de comunicación, no se trata de un problema puntual, sino que se repite reiteradamente a lo largo de los años.
Por otra parte, y según esta organización, el Ayuntamiento ha admitido que conoce este asunto y ha anunciado el alquiler temporal de un vehículo para abordarla situación , además de aclarar que "en general los residuos que se acumulan son envases y vidrios, por lo que no hay peligro para la salud".
Facua, sin embargo ha señalado, que considera que dicha medida no puede ser definitiva, ya que el problema de los residuos se repite a lo largo de los años, y que el hecho de que los residuos sean envases y vidrios no impide que prolifere la aparición de alimañas e insectos al poder contener los recipientes restos orgánicos.
La asociación ha apuntado que el artículo 12.5 de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, es competencia de las entidades locales la recogida, transporte y tratamiento de dichos residuos domésticos. De igual forma, La Ley General de Salud Pública establece que la Administración Pública está sujeta al principio de salud en todas sus políticas, debiendo favorecer y promover entornos saludables, y teniendo el deber de vigilancia de la salud pública.
Además, la propia Constitución Española, en su artículo 43, recoge tanto el derecho a la protección de la salud como la obligación de los poderes públicos de dotar de prestaciones y servicios necesarios para llevar a cabo dicha protección.