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Baleares registra una media de una vivienda okupada cada día
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Baleares registra una media de una vivienda okupada cada día

jueves 06 de octubre de 2022, 19:00h

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A lo largo de los últimos años, la okupación se ha convertido en un fenómeno al alza en Baleares, hasta el punto de que, según los datos que maneja el Ministerio del Interior correspondientes a los primeros siete meses de 2022, en las islas se produce una okupación cada día. Concretamente, a lo largo de los 212 días que abarca este periodo de tiempo, en el archipiélago se han contabilizado 228 casos.

No obstante, el actual no está siendo el año más problemático en cuanto a la evolución de la okupación en Baleares. Los 228 expedientes levantados a tal efecto entre enero y julio suponen un descenso del 31,1 por ciento en relación a los siete primeros meses de 2021. De hecho, ese ejercicio registró, con 509 okupaciones, la cifra más alta contabilizada en el conjunto del archipiélago a lo lago de los cinco últimos años.

Concretamente, el pasado curso se saldó con 509 okupaciones en las islas, por encima de las 325 que tuvieron lugar en 2020, las 285 de 2019, las 264 de 2018 y las 251 en 2017. Así figura en los datos facilitados por el Ministerio del Interior relativos a la evolución del fenómeno de la okupación en Baleares.

El informe pone de manifiesto que el descenso de esta actividad ilícita en las islas es el más pronunciado de todo el país, con un 31 por ciento en la comparativo enero-julio de 2021 y 2022. No en vano, Interior atribuye a las islas un decrecimiento de la okupación muy por encima de la que presentan otros territorios autonómicos. Así, la Comunidad de Madrid se sitúa en el segundo lugar del ránking, pero muy por detrás de Baleares, con un descenso del 15 por ciento. Cataluña y Andalucía, por su parte, totalizan un seis por ciento de retroceso.

LA OKUPACIÓN, A NIVEL NACIONAL

Centrándonos, precisamente, en el análisis de esta estadística a nivel nacional, nos encontramos con que la cifra marca un descenso del 5,4 por ciento en los siete primeros meses del año respecto al mismo período del año anterior. En España, no se había producido, en los últimos cinco años, ningún descenso en la comisión de esta tipología de delitos.

En cualquier caso, el informe del Ministerio del Interior no diferencia entre las actividades relacionadas con allanamientos de morada, que hace referencia a la okupación de una vivienda habitual, ya sea primera o segunda residencia, y las usurpaciones, concepto que agrupa tanto las viviendas vacías como aquellos inmuebles cuya titularidad corresponde a entidades bancarias.

Los datos del Servicio Estadístico de Criminalidad de la Secretaria de Estado de Seguridad muestran que, entre estos pasados meses de enero y julio, se registraron 10.220 okupaciones frente a las 10.807 que se produjeron a lo largo de los mismos meses del año anterior. En cuanto a los otros años más inmediatos, en el conjunto de 2017 hubo 10.619 casos; en 2018, 12.214; en 2019, 14.621; en 2020, 14.792 y en 2021, 17.274.

DESCENSOS EN CASI TODAS LAS COMUNIDADES

Los descensos se dan en todas las comunidades autónomas con algunas excepciones, que son la Comunidad Valenciana, donde la okupación se ha incrementado, en los primeros siete meses de este año en relación al mismo periodo de 2021, un 23 por ciento. Más moderados son los aumentos de la okupación de viviendas en Extremadura (cinco por ciento) y Región de Murcia (tres por ciento).

En el resto de territorios, este fenómeno ha seguido una evidente dinámica a la baja, especialmente, como ya se ha apuntado, en Baleares, que con un 31 por ciento de decrecimiento de la desokupación entre enero y julio no solo encabeza, sino que pulveriza literalmente, estos datos interanuales.

Los datos elaborados por el Ministerio del Interior han sido valorados por el titular de este departamento, Fernando Grande-Marlaska, tras ser preguntado por la nueva grieta abierta con su socio de Gobierno, Unidas Podemos, a tenor de la enmienda presentada por el PSOE para asegurar los desalojos de los okupas en un plazo de 48 horas.

ALLANAMIENTO Y USURPACIÓN

En este sentido, Marlaska ha pedido "no confundir" allanamiento y usurpación, que es "penalmente relevante" con los "desahucios" a consecuencia de un impago de renta o de hipoteca. "Esa enmienda no contradice el principio esencial de protección de los colectivos vulnerables para los que está trabajando este Gobierno", ha señalado el ministro.

Cabe recordar que, en septiembre de 2020, después de un verano con informaciones que causaron alarma social, la Fiscalía General del Estado y el Ministerio del Interior dictaron sendas instrucciones para hacer frente tanto al allanamiento de morada como a las usurpaciones de viviendas.

En concreto, el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska publicó una instrucción con el 'Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles' para unificar criterios de actuación.

La Fiscalía General del Estado hizo lo propio en su instrucción 1/2020 para agilizar las medidas cautelares y facilitar el desalojo cuando se incurra en un delito de allanamiento de morada.

CONFUSIÓN Y ALARMA SOCIAL

El Ministerio del Interior reconoció la "confusión y alarma social", y lo relacionó con las diferencias entre allanamiento de morada y la usurpación: en los primeros casos se contempla que las Fuerzas de Seguridad desalojen tanto en primeras como en segundas viviendas "sin necesidad de solicitar medidas judiciales, en caso de delito flagrante, directamente y de forma inmediata", incluyendo "la identificación de los ocupantes y su detención si procede".

De esta forma, ordenó que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado elaboraran atestados más precisos que permitan el desalojo inmediato y la detención sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante. En adelante, había que dejar constancia de puertas y ventanas forzadas, coacciones al propietario y vecinos o sobre el consumo irregular de luz y agua.

Como es sabido, la cuestión de la okupación ha generado un nuevo cisma en la coalición de Gobierno, a tenor de las propuestas defendidas por los socialistas destinadas a agilizar los trámites de desalojo y modificar, a tal efecto, la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal.

LÍMITE 48 HORAS

A raíz de este cambio normativo, el poder judicial tendría la posibilidad de decretar que las personas que estuvieran residiendo ilegalmente en una determinada vivienda abandonaran el inmueble en un plazo máximo de 48 horas.

En el contexto de Baleares, el Govern ha venido insistiendo en que su posición no es defender la okupación, sino incidir directamente en las causas que originan este tipo de actuaciones.

En este sentido el conseller de Mobilitat i Habitatge del Ejecutivo autonómico, Josep Marí, respondió, a preguntas del PP en el Parlament, que, para su departamento, la okupación es “un acto ilegal”, y aclaró que para el Govern el respeto al cumplimiento de las normativas constituye una prioridad.

GRANDES PROPIETARIOS

En esa misma intervención, el conseller desmintió que la mayoría de 'okupaciones' afecten a pequeños propietarios, y vinculó el fenómeno, mayoritariamente, a los pisos vacíos pertenecientes a grandes titulares.

Para Marí, el tratamiento que se facilita al control de la okupación de viviendas es “el que toca a partir de que se denuncia el hecho". Igualmente, señaló que el Govern ha ido regularizando progresivamente las situaciones de okupación que afectan a pisos que forman parte del parque inmobiliario del Institut Balear de l’Habitatge Ibavi).

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