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Estado sin ley no es estado

Por Francesca Jaume
lunes 20 de septiembre de 2021, 05:00h

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La seguridad jurídica es un elemento intrínsecamente ligado al Estado Social y Democrático de Derecho. Cuando nos encontramos con una inobservancia considerable de cara al cumplimiento de las leyes, la estructura política tiene serios riesgos de sucumbir. Una ley, para ser considerada como tal, ha de tener el revestimiento necesario para asegurar su cumplimiento. Y estamos observando como día a día se suceden situaciones en que se pone en seria duda la fuerza vinculante de gran parte de la normativa emanada de los poderes legislativo y ejecutivo.

Estas situaciones se dan tanto ‘en lo alto’ como ‘en lo bajo’. Aunque todavía no hemos visto que ello haya tenido trascendencia práctica, este julio, el Tribunal Constitucional estimó un recurso del partido político VOX en el que indicaba que la figura constitucional del Estado de Alarma no era la adecuada para afrontar la situación de la emergencia sanitaria de la pandemia del COVID-19. En otras palabras, las medidas que se llevaron a cabo por parte del Gobierno de España encajaban más en la figura del Estado de Excepción. A partir de ahí, puede desencadenarse, y está pasando, la declaración de nulidad de sanciones y penas impuestas.

A nivel de ciudadanía, los medios de comunicación nos informan continuamente de situaciones en que se generan conflictos sobre el acatamiento de las normas de prevención del COVID-19. Al inicio del curso escolar saltó la polémica porque una escuela de Cáceres se mostró vacilante en cómo tratar a dos alumnas cuyos padres se negaban a que éstas llevaran mascarilla durante las clases. Esta situación también se dio en la escuela de Costitx, aunque en este caso el claustro lo tuvo claro. Ya sea desde un punto de vista positivista o iusnaturalista, la ley es la misma para todos y no se pueden permitir excepciones; los alumnos en cuestión no entraron.

También ha sido noticia que una embarazada en situación de alumbramiento se haya negado a llevar mascarilla en el hospital y a hacerse una PCR. Lo llamativo de la situación es que la paciente se llevó consigo a un abogado para que la defendiera, y si ello es así es porque no está del todo claro jurídicamente qué se puede y qué no se puede hacer. La supuesta injusticia de una ley no exime de su cumplimiento, porque, de ser así, la insumisión fiscal sería abrumadoram por poner un ejemplo.

En todo caso, estamos ante un problema de fuerza jurídica que, aunque pueda parecer una cuestión baladí con los problemas laborales y de precio de productos de consumo de primera necesidad y suministros básicos ante los que nos encontramos, no podemos minusvalorar, porque afecta directamente a la consistencia básica del estado. Un estado con una ley que no se cumple es directamente un estado fallido.

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