El Reus y su anterior propietario, Joan Oliver, no negaron el impago a los jugadores ni los "hechos probados" que han llevado a la expulsión del club, que "atendiendo a la naturaleza de la infracción cometida y a las circunstancias objetivables concurrentes", se fija como temporal y no definitiva, y no en su grado máximo. El instructor proponía una expulsión de 5 años, pero se ha optado por el mínimo, de 3 años.
Y es que dicho juez considera que ha quedado "indudablemente acreditado" el incumplimiento del Reus del pago de las mensualidades a sus jugadores, seis de los cuales han tenido que abandonar el club catalán pese a la reciente compraventa de las acciones por un grupo inversor estadounidense porque es una operación que "carece de producir ningún efecto".
Sí se considera una "circunstancia constitutiva de propósitos y condiciones lícitos", pero no afecta a la expulsión del Reus. "Configura una operación que, desde el punto de vista de su incidencia en el procedimiento sancionador carece de producir ningún efecto. "El saneamiento (presunto o real, total o parcial, creíble o no) de una entidad después de haber realizado el hecho infractor y haberse beneficiado de él no puede tener efectos enervadores de la sanción", señala el juez.
Tras esta sentencia está por ver cómo reaccionarán los nuevos propietarios, Russel Platt y Clifton Onolfo, que compraron el club para darle estabilidad y con ambiciosos planes, como construir un estadio de 18.000 asientos y centro de ocio en un complejo de estilo gaudiniano", según desvelaron a su llegada a la entidad.
"Llega el tiempo de dar estabilidad al Reus y de construir un complejo de estilo gaudiniano con un estadio de 18.000 asientos para acomodar al club en LaLiga 123 y potencialmente ir más allá", señalaron los nuevos propietarios, que querían que el club estuviera "en conformidad" con LaLiga, sus jugadores y empleados para mostrar respeto.
No obstante, pese a esta expulsión y multa, el Reus, que ha visto suspendidos las dos primeras jornadas de la segunda vuelta del campeonato, dispone un plazo de 15 días para presentar un recurso contra este fallo ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), aunque es válido desde la fecha de su notificación.