El Obispado ha manifestado su respeto por la decisión de la Audiencia pero ve posible recurrirla porque entiende que "hay argumentos históricos y jurídicos suficientes que se vieron reconocidos en la primera Instancia".
Igualmente, el Obispado ha expresado su intención de "continuar el buen entendimiento y propuestas de colaboración que hasta ahora ha mantenido con las distintas administraciones".
La recepción de este recurso correspondería a la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo. El Obispado tiene un plazo de 20 días tras la notificación de la sentencia para presentarlo.
Por su parte, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Artà ha recibido "con satisfacción" la noticia ya que considera que estaba "suficientemente probado" que los bienes controvertidos pertenecen al municipio.
El Ayuntamiento de Artà ha recordado que decidió recurrir la sentencia de instancia tras consultarlo y acordarlo por mayoría con los portavoces de todos los partidos con representación municipal, al considerar que "existían argumentos jurídicos para hacerlo y que había múltiples aspectos documentales y testimoniales presentados por el Ayuntamiento que no habían sido considerados ni tenidos en cuenta en la sentencia del Juzgado de Manacor".
Asimismo, el Ayuntamiento ha indicado que abrió "un período de diálogo paralelo con la parroquia para no seguir adelante con el procedimiento", pero "no se llegó a ningún acuerdo concreto".