Así consta en la respuesta oficial a siete preguntas firmadas por las diputadas de las islas a raíz de una moción de Izquierda Confederal aprobada en el Senado, el pasado noviembre.
La iniciativa instaba al Estado a colaborar con el Govern balear "en el análisis de alternativas a la situación actual de adquisición de propiedades inmobiliarias por parte de no residentes en los territorios insulares, comparando las experiencias similares en el ámbito europeo e internacional y valorando la aplicabilidad de las mismas" en España.
En sus formulaciones, Antònia Jover y Lucía Muñoz apelaban a las legislaciones emprendidas en otras regiones europeas, como Finlandia, las Islas Aland, Dinamarca, Flandes y Malta.
VIABILIDAD DE MEDIDAS SIMILARES
Así, entre otras cuestiones, preguntaron si el Gobierno ha estudiado la viabilidad de medidas similares en España; si se propone ampliar los resultados a otras zonas españolas que también tengan "problemas de turistificación"; y cómo pretende impulsar un marco normativo para regular la venta de vivienda a los no residentes.
Asimismo, las diputadas de Unidas Podemos se interesaron por las acciones concretas para iniciar la colaboración con el Govern que le reclamaba el Senado, y qué calendario planteaba para dicha labor.
LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE CAPITALES
En una respuesta de tres párrafos conocida este lunes, el Gobierno se limita a recordar que el Tratado de Funcionamiento de la UE prohíbe todas las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países.
Por ello, según remarca el Ejecutivo, "esta libertad de circulación de capitales ampara el derecho de los ciudadanos europeos a adquirir segundas residencias en otro Estado de la Unión". Igualmente, el texto añade que "cualquier restricción por razones de orden público o de seguridad pública deberá ser necesaria, proporcionada y no discriminatoria".
En cuanto a las limitaciones impulsadas en otras regiones europeas, el Gobierno incide en que "se recogieron en el Derecho Primario de la UE", tal como ocurrió, según se recoge en el escrito, en "el caso de Dinamarca (Protocolo 32 del TUE), Malta (Protocolo 6 de Acta de Adhesión), Finlandia/Islas Aland (Protocolo 2 del Acta de Adhesión) y Croacia (Anejo V del Acta de Adhesión)".
Suscríbase aquí gratis a nuestro boletín diario. Síganos en Twitter y Facebook. Toda la actualidad de Mallorca en mallorcadiario.com.