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El Juzgado Mercantil nº1 de Palma, donde se tramita el concurso de la compañía aérea mallorquina Quantum Air (antigua Aebal), ha condenado a SAS a pagar a la compañía concursada la cantidad de 6.320.516 euros, según informaron en exclusiva a mallorcadiario.com fuentes ligadas a Quantum Air.
El juez entiende que “SAS debe responder frente a la concursada de todas y cada una de las deudas que no se encontraban recogidas en el balance de cierre, por falta de veracidad y exactitud en la actuación de la vendedora”, considerando además el Juez interviniente que “esta exclusión intencionada (por parte de SAS), ha generado el quebranto a la concursada”.
En la sentencia dictada se recoge el hecho que fue la propia SAS, la que actuando como vendedora, ocultó determinadas deudas que le correspondían, concluyendo en su sentencia que “SAS faltó a la verdad, era inexacto (el balance) por falta de inclusión, de unas partidas de necesario reconocimiento en el proyecto empresarial” al considerar el Juez que en el momento que se produjo la venta, SAS no incluyó en el balance de cierre determinadas deudas, ocultando una previsión para mantenimiento por importe de 19.000.000 de euros, pese a que Deloitte, como empresa auditora, si que recogió en su informe la necesidad de dotar esta cantidad, lo cual a juicio del juez interviniente, fue decisivo en el devenir de la sociedad, al manifestar en su sentencia que este hecho en si, fue el detonante de la insolvencia de Quantum Air, indicando claramente que “de haberse incluido en el balance de cierre todas las deudas y previsiones que el normal funcionamiento de la compañía requería para mantener su correcta operativa, el resultado hubiera sido totalmente diferente, en contra de SAS AB”.
Según informaron las citadas fuentes, "el 13 enero de 2009, se ejecutó el contrato de compraventa de las acciones de la antigua AEBAL, entre SAS AB y Spanair Holding como vendedores y la sociedad Proturin como comprador, donde se reguló entre otros acuerdos que los vendedores responderían de las obligaciones derivadas de la citada transmisión de acciones, un año más tarde y ya con el nombre de QUANTUM AIR, y ante los incumplimientos que surgieron por los vendedores, el grupo escandinavo SAS, los accionistas de la aérea, se vieron abocados a solicitar la suspensión de sus operaciones de vuelo y posteriormente, entró en concurso, consecuencia de la paralización de la actividad comercial que venia realizando tanto en el mercado español como europeo. Los accionistas de la compañía, la sociedad Proturin, presidida por el empresario español Antonio Mata, iniciaron entonces distintas acciones legales acudiendo a los tribunales españoles denunciando al grupo vendedor SAS, en defensa de los intereses de la concursada Quantum Air, en relación con los graves incumplimientos, que a su juicio surgen del contrato de compraventa de las acciones de la antigua AEBAL".
Las mismas fuentes añadieron que "igualmente la concursada Quantum Air, está a la espera de la resolución judicial de la demanda interpuesta ante el mismo juzgado que entiende el concurso, sobre acción social de responsabilidad contra los antiguos administradores de la sociedad, todos ellos, directores ejecutivos vinculados al grupo escandinavo de transporte aéreo, incluyendo igualmente a SAS como codemandada. La demanda de acción de responsabilidad social alcanza entre otros, al actual vicepresidente de SAS, Benny Zakrisson, así como al anterior presidente de la escandinava Mats Jansson, y al que fue presidente de Spanair y de Aebal simultáneamente, Lars Lindgren, para los cuales Quantum Air solicita al Juez del concurso de acreedores competente en esta materia, que acuerde la responsabilidad de todos los codemandados, condenándoles por ello solidariamente al pago de la cantidad reclamada, que asciende a un total de 31.301.743,32 euros, por los daños causados en el patrimonio de AEBAL.