Sentencia del Caso Policía Local en el que se denunció que agentes del cuerpo habían vejado y menospreciado a una compañera, Sonia Vivas, por su condición de lesbiana con insultos y expresiones homófobas. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a Rafael Puigrós y Alberto Juan Llaneras como autores de un delito de coacciones a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el empleo de policía local durante el tiempo de la condena. Se absuelve al Ayuntamiento de Palma de cualquier responsabilidad subsidiaria. La sentencia afecta a una de las piezas del Caso Policía Local que investiga una supuesta trama de corrupción en el cuerpo.
El Tribunal también condena a Puigrós como autor de un delito de denuncia falsa y un delito de falso testimonio en causa penal contra el reo a la pena de dos años y dos meses de prisión e inhabilitación especial para el empleo de policía local durante el tiempo de la condena y multa de diez meses a razón de 12 euros al día.
Por otra parte, los magistrados absuelven a Puigrós del delito de presentación de testigos falsos en grado de tentativa; del delito contra la integridad moral y lesiones psíquicas; y del delito de obstrucción a la Justicia. Los jueces absuelven a Llaneras de los delitos contra la integridad moral y lesiones psíquicas; y obstrucción a la Justicia.
La sentencia absuelve a Rafael Estarellas del delito contra la integridad moral y lesiones de los que venía siendo acusado. Los magistrados absuelven al Ayuntamiento de Palma de la responsabilidad civil subsidiaria solicitada.
Cabe señalar que la condena es muy inferior a la petición inicial de la Fiscalía. Se había pedido 12 años y 3 meses de cárcel para uno de los policías por delitos contra la integridad moral, lesiones, falso testimonio, intento de presentación de testigos falsos y contra la administración de justicia. A un segundo se le pedían 8 años y 8 meses de prisión. A un tercero se le pedían 3 años y 6 meses por los delitos de omisión ante atentado continuado contra la integridad moral y lesiones.
La resolución no es firme, cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.