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Cort pagará 55.000 euros a una mujer que se cayó por una baldosa en mal estado
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Cort pagará 55.000 euros a una mujer que se cayó por una baldosa en mal estado

Por Redacción
miércoles 23 de mayo de 2018, 14:41h

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha condenado al Ayuntamiento de Palma a indemnizar con 55.579 euros por daños y perjuicios a una mujer que sufrió una caída en la Plaza de España en enero de 2010, debida al mal estado de las baldosas.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB ha desestimado un recurso de apelación del consistorio y ha confirmado la sentencia del Juzgado de dicha jurisdicción número 1 de Palma que condenó a la administración local y fijó dicha indemnización.

Los hechos ocurrieron en torno al mediodía del 14 de enero de 2000 cuando la mujer sufrió una caída mientras paseaba con su hijo por la Plaza de España. Tropezó con una baldosa levantada, cayó al suelo y sufrió lesiones en el hombro derecho por las que tuvo que ser operada.

La mujer demandó al Ayuntamiento y la junta de gobierno del consistorio desestimó la reclamación de una indemnización. Tras un recurso ante los tribunales, el Juzgado de lo Contencioso-admnistrativo número 1 de Palma dio la razón a la mujer y fijó la indemnización, que fue recurrida por el consistorio.

El Ayuntamiento de Palma alegó que no se ha demostrado que la mujer sufriera las lesiones al caerse en la plaza de España porque el único testigo fue su hijo, y que en caso de que así fuera, la culpa es exclusivamente de la víctima porque la caída fue a pleno día. El consistorio indicó en el recurso que la mujer había sufrido un infarto cerebral y padecía hipertensión y osteoporosis, por lo que "cuando menos" hay concurrencia de culpas al 50 %.

El tribunal considera acreditado que la caída se produjo en la Plaza de España porque la mujer tropezó con una baldosa y destaca que el Ayuntamiento reparó la zona a los pocos días del suceso.

En cuanto al a responsabilidad en la caída, el TSJIB indica que, "en una acera, quien camina lo ha de hacer con la tranquilidad y confianza de que se encuentra en las condiciones adecuadas para su función", que es el tránsito de personas, y solo si la caída se produce en la calzada destinada a vehículos, la responsabilidad se traslada al peatón.

Como el accidente se produjo "en un amplio espacio peatonal como es la Plaza de España", el TSJIB asegura que "la culpa era exclusiva del Ayuntamiento" por lo que condena al consistorio a indemnizar a la mujer con 55.579 euros más los intereses desde el accidente y a pagar las cosas del proceso judicial.

Contra la sentencia cabe recurso de casación.
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