El PP, que cuenta con mayoría en la Cámara Alta, ya ha adelantado que una de las personas a las que citarán será la tercera autoridad del Estado, puesto que era presidenta de Baleares durante la pandemia, cuando su ejecutivo contrató a la empresa vinculada a la trama por la que está siendo investigado Koldo García Izaguirre.
Fuentes del entorno de Armengol no ven a priori ningún impedimento legal para que la presidenta de Congreso sea interrogada en ese órgano del Senado. No obstante, su intención es consultar a los servicios jurídicos de la institución una vez que reciban esa petición formal de comparecencia.
Mientras los populares han dejado claro que llamarán a comparecer a Armengol y al ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, el PSOE enfoca su listado en responsables políticos y técnicos de la comunidad de Madrid y de Galicia, dejando entrever que abre la puerta a pedir las comparecencias de Isabel Díaz Ayuso y de Alberto Núñez Feijóo.
No obstante, en el Congreso las comparecencias dependerán de los acuerdos a los que lleguen el PSOE y sus socios parlamentarios y de coalición, que son los que suman mayoría dentro de la comisión.
Desde Sumar el diputado de En Comú Podem y secretario primero de la Mesa del Congreso, Gerardo Pisarello, aboga por citar a Ayuso y a su pareja, Alberto González Amador, para que la comisión Koldo investigue "todo", también la relación de Gómez Amador con la empresa Quirón y los contratos que se firmaron durante la pandemia. Sobre Armengol, Pisarello ha dicho que "no hay ninguna razón para creer bulos que son propiciados por la derecha sobre la presidenta del Congreso y no tienen fundamento".
Por otra parte, desde el entorno de la presidenta se insiste en que Armengol no participó en ninguna trama fraudulenta cuando dirigía el gobierno balear durante la pandemia y que todos los contratos fueron fiscalizados y recibieron su aval.
OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL
El artículo 76.2 de la Constitución establece que "será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras" en el marco de las comisiones de investigación. Este precepto constitucional se desarrolló a través de la Ley Orgánica de comparecencia ante las Comisiones de Investigación del Congreso y del Senado o de ambas Cámaras, que data de 1984.
En su artículo primero esa norma recalca que "todos los ciudadanos españoles y los extranjeros que residan en España están obligados a comparecer personalmente para informar, a requerimiento de las comisiones de investigación nombradas por las cámaras legislativas".
Y en su segundo punto ese mismo artículo recoge que las Mesas de las Cámaras "velarán por que ante las comisiones de investigación queden salvaguardados el respeto a la intimidad y el honor de las personas, el secreto profesional, la cláusula de conciencia y los demás derechos constitucionales".