www.mallorcadiario.com

Ahora toca la Conciliación

Por Agustín Buades
domingo 09 de septiembre de 2018, 03:00h

Escucha la noticia

Hemos registrado la primera ley de conciliación de la vida familiar, laboral y personal en el Parlament.

Después de meses de trabajo de un equipo multiprofesional podemos presentar a la sociedad balear ya los grupos parlamentarios una ley que contiene 22 artículos.

El éxito de la Ley de apoyo a las familias aprobada en julio pasado que se basaba en la ley de familia que registramos en noviembre de 2016 nos ha animado a seguir trabajando en el apoyo y protección de las familias para poder presentar esta ley que aborda uno de los problemas específicos de nuestras familias, la conciliación.

Los derechos reconocidos en los artículos 23 y 33 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, constituyen un deber para las Administraciones públicas de la Comunidad de las Islas Baleares. Los preceptos citados se refieren, de forma específica, a la igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos incluido el laboral y a la conciliación de la vida familiar y a la profesional.

Ello requiere la acción de la sociedad en su conjunto para alcanzar una corresponsabilidad social que permita que mujeres y hombres puedan dedicar de forma equitativa su tiempo tanto al trabajo remunerado como al personal y familiar. La necesidad de conciliación del trabajo con la vida familiar y personal ha sido ya planteada a nivel internacional y comunitario como una condición vinculada de forma inequívoca a la nueva realidad social. Ello plantea una compleja y difícil problemática que debe abordarse, no sólo con importantes reformas legislativas, como la presente, sino con la necesidad de promover adicionalmente servicios de atención a las personas, en un marco más amplio de política de familia.

La corresponsabilidad, los derechos de adaptación del trabajo a la persona y los permisos intransferibles, entre otros temas, es objeto de debate actualmente en la Unión Europea, en virtud de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Asimismo, el Instituto Nacional de Estadística, en materia de igualdad, corresponsabilidad y conciliación, pone de relieve cómo las mujeres le dedican al cuidado del hogar y de sus familiares prácticamente el doble de tiempo que los hombres, y para ellas la conciliación de la vida familiar y laboral se resuelve en la asunción de un doble rol, el que desempeñan en el lugar del trabajo y el de cuidado de la familia, no solo respecto de los hijos e hijas, asumiendo casi en exclusiva el ejercicio de los derechos de conciliación, sino también sobre las personas dependientes, donde son las mujeres de entre 45 y 65 años las que lo realizan casi en exclusividad, siendo en esta franja de edad donde estas mujeres acusan en mayor medida el desempleo.

En este sentido, se pone de relieve la existencia de datos que exigen continuar avanzando en materia de igualdad y corresponsabilidad entre hombres y mujeres, toda vez que, a pesar de la igualdad formal establecida al máximo nivel en nuestro ordenamiento jurídico desde 1978, todavía hay situaciones de desigualdad, existiendo empleos feminizados que tienen menor consideración y remuneración; y nos informan que, a medida que se asciende en la escala profesional, la presencia de éstas disminuye, y nos alertan, sobre todo, de cómo el desempleo y la contratación temporal, o los trabajos a tiempo parcial afectan principalmente a las mujeres.

Es necesario reconocer que la falta de sintonía entre estas dos facetas, esto es, la vida privada y la vida laboral, viene teniendo un impacto desigual para hombres y para mujeres, puesto que para ellas, ambos espacios entran en conflicto de forma severa dada la atribución de roles asignados tradicionalmente a cada sexo.

En el espacio de la vida privada se encuentran las funciones de cuidado y atención en el ámbito familiar, históricamente cubiertas por las mujeres, hasta el punto de suponer un serio inconveniente para su incorporación al mundo del trabajo y, también, para su participación y promoción en este ámbito, lo que puede afectar a su decisión de tener hijos. Por otro lado, junto a las medidas dirigidas a apoyar la conciliación y corresponsabilidad familiar, resulta necesario promover otras medidas de igualdad, que cuenta en esta materia con antecedentes a nivel internacional, entre otros, a través de los diferentes convenios de la OIT.

La presente Ley quiere reforzar y poner un especial énfasis en el reconocimiento del derecho a conciliar de las personas y las familias, en la corresponsabilidad entre mujeres y hombres, impulsando un conjunto integrado de medidas adaptadas a las necesidades reales que demanda la sociedad y las personas trabajadoras para hacer efectivos dichos objetivos, teniendo en cuenta especialmente el ámbito rural.

Esta Ley se guía por los principios de libertad, igualdad de trato, corresponsabilidad, cooperación transversalidad, concienciación, sensibilización social y de igualdad en las relaciones laborales, recogidos en su título preliminar, para favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a través de la conciliación corresponsable.

Contempla medidas relacionadas con la racionalización de espacios y tiempos de trabajo y la implantación de programas y servicios en el título I. Asimismo, dedica diferentes artículos a la conciliación en el ámbito público impulsando medidas como estadísticas y estudios desagregados por sexo sobre la situación y necesidades de conciliación. También se incluye en materia de contratación pública y de subvenciones, cláusulas sociales o criterios de valoración que tengan en cuenta medidas de conciliación. Se da relevancia al fomento del empleo público que garantice el ejercicio del derecho a compatibilizar el trabajo con la vida personal y familiar. En este capítulo dedicado al ámbito público se incluyen actuaciones en el ámbito educativo y de la infancia, así como en los servicios sociales. En el título II se definen los órganos administrativos de seguimiento y participación de las medidas de esta ley.

Y hemos registrado la PRIMERA Ley de Conciliación familiar, laboral y personal de las Illes Balears en el Parlament esperanzados en que tenga la misma influencia que en la ley de apoyo a las familias y sirva de base de trabajo para su definitiva aprobación.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios