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El derecho a la asistencia sanitaria gratuita no se vulnera por el hecho detener que pagar por estacionar en un recinto hospitalario. Así lo ha concluido el Defensor del Pueblo en respuesta a ciudadanos que han denunciado ante esta institución que sea obligatorio el pago por aparcar en Son Espases.
Según se afirma en la carta de respuesta a los ciudadanos que han formulado la denuncia, en el ámbito del Real Decreto 1030/2006 de 15 de septiembre relativo a la cartera de servicios de prestación sanitaria, no “figura la relativa a garantizar la gratuidad de vehículos en un centro sanitario” y que por tanto no existe infracción del ordenamiento jurídico.
Aun así, la adjunta segunda del Defensor del Pueblo Concepción Ferrer i Casals afirma que entiende la inquietud trasladada en las quejas interpuestas y recuerda que los vehículos que accedan durante menos de 30 minutos no pagan ninguna cantidad.
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