Denuncia | Por el decreto de prescripción farmacéutica

El Consejo de Enfermería se querellará contra el Govern por prevaricación

El presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, ha anunciado que se está el ultimando el recurso contra el contra el decreto, aprobado por el Consell de Govern del pasado 20 de mayo, que regula la actuación del personal de enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público. González Jurado ha señalado que, además de recurrir la norma, pedirá la suspensión cautelar de la aplicación de la misma y anuncia que se está estudiando la posibilidad de plantear ante los tribunales una querella por prevaricación contra el conseller de Salut, Vicenç Thomàs, por entender que la aprobación de la norma un día antes de las elecciones, en la que el partido del Govern fue derrotado, es una “inmoralidad y una presunta ilegalidad”. El decreto, aprobado el pasado día 20, en el último Consell de Govern antes de las elecciones, regula “la actuación del personal de enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público de las Islas Baleares, con el fin de desarrollar las facultades que estos profesionales sanitarios tienen reconocidas para la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica”. González Jurado entiende, sin embargo, que la norma no se atiene a la normativa básica estatal, el artículo 77.1 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso racional de los medicamentos y productos sanitarios -modificado por la Ley 28/2009, de 30 de diciembre- que faculta al personal de enfermería para que, de forma autónoma, pueda indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica y de productos sanitarios, por medio de la correspondiente orden de dispensación, y, además, “invade competencias estatales”. En cualquier caso, este decreto, según el Govern, “posibilita que el personal de enfermería del sistema sanitario público pueda dispensar medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, con el objetivo de que los usuarios reciban una asistencia sanitaria integral y evitar el fraccionamiento de la asistencia por el hecho de ser atendidos por diferentes titulados y especialistas”. En este sentido, la portavoz Joana Barceló explicó en su momento, que la normativa faculta al personal de enfermería a la prescripción de los medicamentos y productos sanitarios que no hayan de ser autorizados por personal facultativo y a su dispensación tanto con cargo a la prestación farmacéutica del sistema sanitario público como de los servicios de farmacia de los centros asistenciales”. Igualmente, argumentó que el documento oficial que permite la prescripción a estos profesionales es la orden enfermera, “ya sea en papel o en soporte informático, y deberá registrarse en la historia clínica del paciente”, del mismo modo que las oficinas de farmacia deben facilitar a los usuarios los medicamentos o productos que figuran en esta orden enfermera en iguales condiciones económicas y administrativas establecidas en las recetas médicas”.

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